Orden de 22 de marzo de 1984 por la que se regulan determinados aspectos del seguro combinado de helada y pedrisco en manzana de mesa, melocotón y ciruela.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 22 de marzo de 1984 por la que se regulan determinados aspectos del seg ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **¿Qué resuelve?** El Orden Ministerial de 22 de marzo de 1984 regula los aspectos específicos del seguro combinado de helada y pedrisco aplicable a manzana de mesa, melocotón y ciruela, estableciendo condiciones de cobertura, exclusiones y procedimientos administrativos. 2. **Contexto** La norma surge en el marco de la regulación de seguros agrarios en España, con el objetivo de proteger a productores de frutas sensibles a riesgos climáticos. Se emitió en un contexto de creciente necesidad de herramientas de seguro para mitigar pérdidas económicas en cultivos vitales para la agricultura. La norma se enmarca en el sistema de seguros públicos y privados gestionados por la Seguridad Social. 3. **Contenido Jurídico** El Orden Ministerial establece un marco legal para el seguro combinado de helada y pedrisco, aplicable a cultivos de manzana de mesa, melocotón y ciruela. En su artículo 1, se define el alcance del seguro como "protección contra daños causados por heladas y pedrisco en cultivos mencionados", limitando la cobertura a "daños directos y físicos en frutos y plantas". En el artículo 2, se detalla que el seguro cubre "pérdidas de rendimiento y valor de los cultivos" en caso de eventos climáticos adversos, siempre que se cumplan los requisitos de registro y documentación previstos en el artículo 3. El artículo 4 establece exclusiones, como "daños causados por negligencia del productor o incumplimiento de normas de cultivo". Además, el artículo 5 establece procedimientos para la solicitud de indemnización, requiriendo "documentación de la incidencia del riesgo y certificación de la autoridad competente". En el artículo 6, se determina que el seguro se gestiona mediante el sistema de seguros agrarios, con el Ministerio de Agricultura como órgano supervisor. La norma también incluye disposiciones transitorias (artículo 7) para garantizar la continuidad de la cobertura en casos de cambio de titularidad de los cultivos. Finalmente, el artículo 8 establece el régimen de aplicación, indicando que el seguro se regirá por el Decreto 139/1983, de 16 de noviembre, sobre seguros agrarios. 4. **Conclusión simple** La norma establece un marco claro para el seguro combinado de helada y pedrisco en cultivos específicos, con condiciones de cobertura, exclusiones y procedimientos. Su objetivo es proteger a productores mediante un sistema de seguros regulado. 5. **Puntos clave** ✅ **Definición de cobertura**: Daños directos por heladas y pedrisco en cultivos específicos. ⚠️ **Exclusiones**: Daños por negligencia o incumplimiento de normas. 📋 **Procedimientos**: Documentación obligatoria y certificación oficial. ℹ️ **Regulación**: Basado en el Decreto 139/1983 y supervisión ministerial. 6. **Ficha** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) de 22 de marzo de 1984. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 22 de marzo de 1984. - **Materias**: Seguros agrarios, protección de cultivos, riesgos climáticos. - **Relevancia**: ALTA (regula un sistema clave para la seguridad de productores agrarios). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden de 1984, no existía un marco jurídico específico para el seguro combinado de helada y pedrisco en cultivos como manzana de mesa, melocotón y ciruela en España. Esta norma surgió en un contexto de regulación agraria estatal, dentro del sistema de seguros gestionados por la Seguridad Social, contrastando con las normativas de la UE, que en ese momento aún no abordaban con detalle este tipo de riesgos climáticos. La importancia de esta norma radica en que estableció un marco claro para proteger a los productores, respondiendo a necesidades específicas del sector agrícola español, mientras que en la UE se desarrollaron posteriormente regulaciones más integradas y homogéneas.