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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 23 de abril de 1984 por la que se dictan normas sobre estructura y elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio de 1985. (Continuación.)

BOE-A-1984-49999Publicada: 03/05/1984MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 23 de abril de 1984 por la que se dictan normas sobre estructura y elab ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 23 de abril de 1984 establece normas sobre la estructura y elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio de 1985, definiendo la composición del Plan Presupuestario, las funciones del Ministerio de Economía y Hacienda, y los procedimientos para su redacción y aprobación. **2. CONTEXTO** La norma fue emitida en el marco del sistema de gobierno español de la época, con el objetivo de regular el proceso de elaboración de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el año 1985. Se enmarca en la necesidad de garantizar la transparencia, la eficacia y la coherencia en la asignación de recursos públicos. La Orden se publicó en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) y entró en vigor en la fecha de su publicación. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden detalla las bases para la redacción y aprobación de los PGE de 1985, estableciendo que el Plan Presupuestario debe incluir los presupuestos de las Administraciones públicas, la política económica general del Estado y las previsiones de ingresos y gastos. Según el artículo 1, el Ministerio de Economía y Hacienda es responsable de la redacción del Plan, que debe ser aprobado por el Consejo de Ministros. En el artículo 2, se detalla que el Plan Presupuestario debe constar de un texto principal y anexos, incluyendo la memoria de la Administración General del Estado, la memoria de la Seguridad Social y la memoria de la Administración Local. El artículo 3 establece que los presupuestos deben ser elaborados siguiendo criterios de equilibrio financiero, eficiencia y priorización de gastos. El artículo 4 exige que los presupuestos incluyan previsiones de ingresos y gastos, así como medidas de ajuste fiscal y de financiación. Además, se establece que los presupuestos deben ser aprobados en el plazo de 30 días desde su presentación al Consejo de Ministros. En cuanto a la tramitación, el artículo 5 indica que el Ministerio de Economía y Hacienda debe presentar el proyecto de Presupuestos al Consejo de Ministros, que lo examina y lo somete a la cámara correspondiente. El artículo 6 detalla que los presupuestos deben ser aprobados por el Congreso de los Diputados y el Senado, siguiendo el procedimiento previsto en la Ley Orgánica de las Cortes Generales. La Orden también establece que los presupuestos deben ser publicados en el BOE y que su cumplimiento se verifica mediante informes periódicos. En el artículo 7, se menciona la necesidad de que los presupuestos reflejen la política económica del Estado, incluyendo medidas de estabilidad financiera y de desarrollo económico. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1984 establece un marco estructurado para la redacción y aprobación de los PGE de 1985, garantizando la transparencia y la eficiencia en la gestión de recursos públicos. Define roles institucionales, procedimientos formales y criterios de equilibrio financiero. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Estructura del Plan Presupuestario**: Incluye texto principal y anexos con memorias específicas. ⚠️ **Función del Ministerio de Economía**: Responsable de la redacción y tramitación del proyecto. 📋 **Procedimiento de aprobación**: Requiere examen por el Consejo de Ministros y aprobación por las Cortes. ℹ️ **Criterios de equilibrio**: Presupuestos deben reflejar estabilidad financiera y desarrollo económico. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Estado español. - **Fuente**: *Boletín Oficial del Estado* (BOE), 23 de abril de 1984. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 23 de abril de 1984. - **Materias**: Presupuestos Generales del Estado, tramitación legislativa, gestión pública. - **Relevancia**: ALTA (establece un marco fundamental para la elaboración de presupuestos estatales). **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden de 1984, el sistema presupuestario español carecía de una normativa específica que regulara la estructura y elaboración de los Presupuestos Generales del Estado, lo que generaba inconsistencias en su redacción y presentación. Esta norma se inscribe en un contexto de reformas institucionales y organizativas del Estado durante los años ochenta, buscando mayor claridad y estandarización en la gestión financiera. A nivel comparativo, en el ámbito de las Comunidades Autónomas y en la Unión Europea, existían marcos normativos más desarrollados que regulaban aspectos como la transparencia, la participación ciudadana y la coordinación interinstitucional, lo cual resalta la necesidad de modernizar el sistema español para alinearlo con estándares más avanzados.

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