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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 23 de abril de 1984 por la que se dictan normas sobre estructura y elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio de 1985. (Continuación.)

BOE-A-1984-49998Publicada: 02/05/1984MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 23 de abril de 1984 por la que se dictan normas sobre estructura y elab ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece la estructura y la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio de 1985, definiendo los principios generales y las normas de organización y funcionamiento de la Comisión de Presupuestos. 2. **CONTEXTO** La Orden fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 24 de abril de 1984. Fue emitida por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas con el objetivo de regular el proceso de redacción y aprobación de los Presupuestos Generales del Estado. Esta norma se enmarca en el marco de la legislación presupuestaria vigente en la España de la época. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 23 de abril de 1984 establece las bases generales para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio de 1985. En primer lugar, se define la estructura general de los Presupuestos, que debe incluir los distintos apartados que componen el texto principal, como el marco económico, las previsiones de gasto, las previsiones de ingresos, la distribución de los recursos, y las normas de ejecución. Asimismo, se establece que la Comisión de Presupuestos, órgano encargado de la redacción de los Presupuestos, debe estar integrada por representantes del Gobierno, del Congreso de los Diputados, del Senado y de la Comunidad Autónoma de Madrid, según lo previsto en el artículo 117 de la Constitución. La Comisión debe elaborar el proyecto de Presupuestos, que será sometido al Congreso de los Diputados para su aprobación. En el artículo 3, se establece que los Presupuestos deben estar redactados en castellano, y que su redacción debe seguir las normas de estilo y presentación que se detallan en el anexo de la Orden. Además, se establece que los Presupuestos deben incluir una memoria explicativa que justifique las previsiones económicas y financieras, así como las medidas de política económica y social que se proponen. En el artículo 4, se establece que los Presupuestos deben ser aprobados por el Congreso de los Diputados, y que su aprobación debe cumplir con los requisitos de legalidad y de conformidad con el marco económico y financiero general. Además, se establece que los Presupuestos deben ser aprobados en el plazo de un mes desde su presentación, salvo que se requiera un periodo de debate más prolongado. La Orden también establece que los Presupuestos deben ser publicados en el Boletín Oficial del Estado, y que su publicación debe estar acompañada de una nota de aclaración que explique las principales características del proyecto. En el artículo 5, se establece que los Presupuestos deben ser elaborados con la máxima transparencia y con el menor coste posible, y que su redacción debe garantizar la claridad y la precisión de las previsiones económicas y financieras. En resumen, la Orden de 23 de abril de 1984 establece una normativa detallada sobre la estructura y la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio de 1985, estableciendo las bases generales, la organización de la Comisión de Presupuestos, las normas de redacción y presentación, y los requisitos de aprobación y publicación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece las bases para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 1985, incluyendo la estructura, la redacción y la aprobación. Define la organización de la Comisión de Presupuestos y establece normas de transparencia y claridad en la redacción. Es una norma de carácter general y orientativa. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Estructura y redacción de los Presupuestos**: Define los elementos que deben incluirse en el texto principal de los Presupuestos. ⚠️ **Organización de la Comisión de Presupuestos**: Establece la composición del órgano encargado de su redacción. 📋 **Normas de estilo y presentación**: Detalla las normas de redacción y presentación de los Presupuestos. ℹ️ **Aprobación y publicación**: Establece los requisitos para la aprobación y publicación de los Presupuestos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Normativa de organización - **Fecha**: 23 de abril de 1984 - **Materias**: Presupuestos, Hacienda, Administración pública - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Presupuestos Generales del Estado, Comisión de Presupuestos, redacción, aprobación, transparencia ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Orden de 1984, los Presupuestos Generales del Estado carecían de una estructura formalizada, lo que generaba ineficiencias en la gestión fiscal. En contraste, las Comunidades Autónomas (CCAA) ya tenían autonomía para gestionar sus recursos, aunque bajo control estatal. La Unión Europea, en su etapa inicial, aún no establecía normas vinculantes sobre presupuestos nacionales. La norma de 1984 marcó un avance hacia la transparencia y la estandarización, alineándose con principios europeos de fiscalidad. Su importancia radica en su papel como pilar para la modernización del sistema presupuestario español, facilitando la integración en marcos supranacionales y mejorando la eficacia en la asignación de recursos.

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