Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 638/2015, de 10 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 2072/1999, de 30 de diciembre, sobre transferencias recíprocas de derechos entre el sistema de previsión social del personal de las Comunidades Europeas y los regímenes públicos de previsión social españoles.

BOE-A-2015-8174Publicada: 22/07/2015MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Un Real Decreto que modifica las normas sobre cómo trasladar derechos de pensión entre el sistema de previsión social de las Comunidades Europeas y los sistemas de pensiones públicos españoles (Seguridad Social y Clases Pasivas). **¿A quién afecta?** A los funcionarios y agentes temporales de las Comunidades Europeas que hayan cotizado en el sistema europeo y quieran trasladar sus derechos de pensión a un régimen español, o que habiendo cotizado en España quieran trasladar sus derechos al sistema europeo. **¿Qué cambia o establece?** Amplía de 6 meses a 10 años y 6 meses el plazo para que los trabajadores que entraron en las Comunidades Europeas soliciten trasladar sus derechos al sistema español. Elimina completamente el plazo para trasladar derechos desde el sistema europeo a los regímenes españoles. Además, modifica la fórmula para calcular el valor de la pensión a trasladar, eliminando el ajuste automático por inflación en los traslados hacia el sistema europeo.

💬 Contexto ciudadano

El Real Decreto 638/2015 modifica la normativa de 1999 sobre transferencias de derechos de pensión entre funcionarios europeos y el sistema español, ampliando los plazos de solicitud de 6 meses a 10 años y 6 meses para trasladar al sistema español, y eliminando los límites temporales en sentido inverso. Este cambio alinea España con los principios de coordinación de seguridad social de la UE (Reglamento 883/2004), reconociendo la realidad de una administración supranacional con personal internacional. A diferencia de regímenes autonómicos sin particularidades en estos traslados, la modificación impacta directamente a funcionarios europeos con antecedentes en España, consolidando sus derechos de pensión y evitando pérdidas de cotizaciones por caducidades procedimentales, mejorando la protección social de trabajadores con trayectorias europeas fragmentadas.

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