Orden de 23 de mayo de 1984 sobre índices de precios de mano de obra y materiales de la construcción correspondientes al mes de enero de 1984, aplicables a la revisión de precios de contratos de obras del Estado.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 23 de mayo de 1984 sobre índices de precios de mano de obra y materiale ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El presente orden establece los índices de precios de mano de obra y materiales de la construcción para el mes de enero de 1984, aplicables a la revisión de precios de contratos de obras del Estado. **2. CONTEXTO** El documento se emite en el marco de la regulación de precios en contratos públicos, basándose en el Decreto-ley de 4 de febrero de 1964 y la Ley 46/1980 de 1 de octubre. El Comité Superior de Precios de Contratos del Estado elabora los índices, que son aprobados por el Consejo de Ministros el 23 de mayo de 1984. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOYER SALVADOR) con datos detallados por provincias y materiales. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El orden de 23 de mayo de 1984, de conformidad con los artículos 9 del Decreto-ley de 4 de febrero de 1964 y los artículos 2 y 1 de la Ley 46/1980 de 1 de octubre, establece los índices de precios de mano de obra y materiales de la construcción para la revisión de contratos públicos. Estos índices se calculan por provincias y en el ámbito nacional, con valores específicos para cada región. Por ejemplo, en la provincia de Alava el índice de mano de obra es de 165,69, mientras que en la provincia de Madrid es de 171,68. Los índices de materiales incluyen precios para cemento (868,2 en la Península y 687,5 en las Islas Canarias), cerámica (657,1 y 960,1), maderas (884,4 y 705,4), acero (472,1 y 659,7), energía (1.037,2 y 1.338,2), entre otros. Los datos se presentan en una tabla detallada, con valores para la Península Ibérica, las Islas Baleares y las Islas Canarias. El índice nacional de mano de obra es de 146,40, mientras que los índices de materiales varían según la región. La norma establece que los índices son aplicables a la revisión de precios de contratos de obras del Estado, lo que permite ajustar los costos en función de la inflación o cambios en los precios de los materiales. El texto menciona que los índices se publican en el BOYER SALVADOR, con fecha de 23 de mayo de 1984, y se aplican al mes de enero de 1984. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden regula los índices de precios para contratos públicos, basándose en leyes vigentes. Establece valores por provincias y materiales, permitiendo ajustes en contratos. La publicación en el BOYER SALVADOR asegura su vigencia legal. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Aplicación a contratos públicos**: Los índices se usan para revisar precios de obras del Estado. ⚠️ **Base legal**: Se fundamenta en el Decreto-ley de 1964 y la Ley 46/1980. 📋 **Datos detallados**: Incluye valores por provincias y materiales, con diferencias entre regiones. ℹ️ **Publicación oficial**: Se difunde en el BOYER SALVADOR, con fecha de 23 de mayo de 1984. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: BOYER SALVADOR. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 23 de mayo de 1984. - **Materias**: Contratos públicos, índices de precios, construcción. - **Relevancia**: ALTA (regula aspectos clave en la gestión de contratos estatales). **Palabras clave**: índices de precios, contratos públicos, mano de obra, materiales de construcción, revisión de precios, Ley 46/1980, Decreto-ley de 1964. **Total de palabras**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────