Orden de 14 de junio de 1984 por la que se amplía hasta el 1 de julio de 1985 la aplicación del aval a las fianzas definitivas en los contratos de obras y suministros del Estado.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-06 Fuente original: ES-BOE — Orden de 14 de junio de 1984 por la que se amplía hasta el 1 de julio de 1985 la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 14 de junio de 1984 extiende hasta el 1 de julio de 1985 la aplicación del aval como medio de garantía en las fianzas definitivas de contratos de obras y suministros del Estado, ampliando la vigencia de una disposición previa emitida en 1983. **2. CONTEXTO** La norma surge en el marco de una política financiera para apoyar la expansión económica, buscando mejorar la disponibilidad de tesorería de las empresas sin comprometer las garantías del Estado. Se refiere a la Orden de 21 de junio de 1983, que ya había ampliado temporalmente la aplicación del aval, y busca prolongarla hasta 1985. La decisión se adopta tras informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden modifica el ámbito de aplicación del aval en contratos públicos, permitiendo su uso en fianzas definitivas para obras y suministros del Estado. La base legal se encuentra en el **párrafo segundo del artículo 113 de la Ley de Contratos del Estado**, que otorga al Ministerio de Economía y Hacienda la facultad de ampliar la garantía mediante disposiciones generales y de vigencia determinada. Además, se incorpora el **artículo 352 del Reglamento de la Ley de Contratos del Estado**, aprobado por el Decreto 3410/1975, que establece que la aplicación del aval debe efectuarse mediante normas con fecha de vigencia específica. La Orden de 1984 se fundamenta en la necesidad de ajustar la política financiera para facilitar el acceso a recursos a las empresas, sin menoscabar las garantías estatales. Se extiende la vigencia de la Orden de 1983 (que ya permitía el aval hasta 1984) hasta 1985, con el objetivo de mantener la liquidez en el sector público y privado. El texto legal establece que el aval se aplicará **"en los contratos de obras y suministros del Estado"**, y que su uso se regirá por las normas vigentes en el momento de su emisión. La disposición se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 14 de junio de 1984, firmada por el ministro BOYER SALVADOR. La norma no introduce cambios sustanciales en el marco jurídico general, sino que prolonga una medida temporal ya existente, adaptada a las necesidades económicas del momento. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1984 prolonga la aplicación del aval en fianzas definitivas de contratos públicos hasta 1985, basándose en la autorización legal del artículo 113 de la Ley de Contratos del Estado. Su objetivo es mejorar la tesorería de las empresas sin afectar las garantías del Estado. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Extensión de la vigencia del aval**: Se prolonga hasta 1985, ampliando la medida temporal de 1983. ⚠️ **Limitación al ámbito de aplicación**: Solo se aplica a contratos de obras y suministros del Estado. 📋 **Base legal clara**: Art. 113 de la Ley de Contratos y art. 352 del Reglamento. ℹ️ **Objetivo económico**: Mejorar la liquidez en el sector público y privado. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Orden Ministerial de 14 de junio de 1984. - **Tipo**: Norma reglamentaria (Orden Ministerial). - **Fecha**: 14 de junio de 1984. - **Materias**: Contratos públicos, garantías, fianzas, tesorería. - **Relevancia**: ALTA (relevante para el derecho administrativo y la gestión pública). **Palabras clave**: aval, fianzas definitivas, contratos de obras, Ley de Contratos del Estado, Reglamento 3410/1975, tesorería, garantías estatales. **Nota**: La norma refleja una medida de ajuste temporal en el marco de una política económica específica, sin alterar el marco jurídico general de los contratos públicos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────