Orden de 4 de julio de 1984 sobre índices de precios de mano de obra y materiales de la construcción correspondientes a los meses de febrero y marzo de 1984, aplicables a la revisión de precios de contratos de obras del Estado.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 4 de julio de 1984 sobre índices de precios de mano de obra y materiale ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El presente documento establece los índices de precios de mano de obra y materiales de la construcción para los meses de febrero y marzo de 1984, aplicables a la revisión de precios de contratos de obras del Estado. Estos índices fueron aprobados por el Consejo de Ministros el 4 de julio de 1984. **2. CONTEXTO** La norma se emite en el marco de la regulación de precios en contratos públicos, con el objetivo de garantizar la actualización de precios en función de la evolución de los costos. Se basa en la legislación vigente, incluyendo el Decreto-ley de 4 de febrero de 1964 y la Ley 46/1980 de 1 de octubre. El Comité Superior de Precios de Contratos del Estado elaboró los índices, que fueron aprobados y publicados en el Boletín Oficial del Estado. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El documento se basa en los artículos 9 del Decreto-ley de 4 de febrero de 1964 y los artículos 2, 1 de la Ley 46/1980 de 1 de octubre, que otorgan al Estado la facultad de establecer índices de precios para la revisión de contratos públicos. Estos índices son elaborados por el Comité Superior de Precios de Contratos del Estado, que se encarga de analizar la evolución de los costos de mano de obra y materiales en el sector de la construcción. Los índices se aplican a los contratos de obras del Estado, con el fin de garantizar que los precios se ajusten a la realidad económica del momento. Los índices de mano de obra se presentan por provincia, con valores para los meses de febrero y marzo de 1984. Por ejemplo, en Alava el índice es de 165,69 para ambos meses, mientras que en Alicante es de 159,70 en febrero y 150,70 en marzo. En el caso de Murcia, el índice aumenta de 159,70 a 171,68. Estos valores reflejan la variación de los costos laborales en cada región. En cuanto a los materiales de la construcción, se incluyen índices para cemento, cerámica, maderas, acero, energía, cobre, aluminio y ligantes. Por ejemplo, el precio del cemento en la Península Ibérica es de 902,0 en febrero y 904,0 en marzo, mientras que en las Islas Canarias es de 687,5 en ambos meses. El precio del acero en la Península es de 487,9 en febrero y 487,9 en marzo, mientras que en las Islas Canarias es de 686,6 en febrero y 693,1 en marzo. Estos índices permiten a las administraciones públicas ajustar los precios de los contratos en función de la evolución de los costos de materiales. Los índices se publican en el Boletín Oficial del Estado el 4 de julio de 1984, con la firma del ministro BOYER SALVAD0R. Estos datos son utilizados para la revisión de precios en contratos públicos, garantizando que los costos se ajusten a la realidad económica del momento. La norma establece que estos índices son aplicables a los contratos de obras del Estado, con el fin de garantizar la transparencia y la equidad en la gestión de los recursos públicos. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El documento establece índices de precios de mano de obra y materiales de la construcción para 1984, aplicables a contratos públicos. Fue aprobado por el Consejo de Ministros y publicado en el BOE. Es una norma de relevancia media, útil para la gestión de contratos públicos. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Índices de precios**: Se establecen índices para mano de obra y materiales de la construcción, con valores por provincia y mes. ⚠️ **Aplicación a contratos públicos**: Los índices son aplicables a contratos de obras del Estado, con el fin de ajustar precios. 📋 **Legislación de base**: Se basa en el Decreto-ley de 1964 y la Ley 46/1980 de 1980. ℹ️ **Publicación oficial**: El documento fue publicado en el BOE el 4 de julio de 1984, con la firma del ministro BOYER SALVAD0R. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de índices de precios - **Fecha**: 4 de julio de 1984 - **Materias**: Contratos públicos, precios, construcción, mano de obra, materiales - **Relevancia**: MEDIA **Palabras clave**: índices de precios, mano de obra, materiales de construcción, contratos públicos, revisión de precios, Ley 46/1980, Decreto-ley 1964, BOE, 1984. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. 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