Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 31 de agosto de 1984 por la que se fijan los precios de venta al público de las labores de cigarros comercializados por «Tabacalera, S. A.».

BOE-A-1984-19627Publicada: 03/09/1984MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 31 de agosto de 1984 por la que se fijan los precios de venta al públic ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 31 de agosto de 1984 fija nuevos precios de venta al público para las labores de cigarros comercializados por Tabacalera, S.A., incluyendo el Impuesto sobre el Lujo, y establece procedimientos para su publicación y autorización. **2. CONTEXTO** La disposición se adopta en virtud del acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de agosto de 1984, que autoriza la subida de precios de cigarros. El Ministerio, al considerar necesario, dispone la fijación de precios para garantizar la aplicación uniforme de la norma. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 1984 establece un marco regulatorio para la fijación de precios de cigarros, con base en el derecho administrativo español. En su artículo 1, se detallan precios específicos para labores producidas por Tabacalera, S.A., en las Islas Canarias y importadas, incluyendo el Impuesto sobre el Lujo. Por ejemplo, los cigarros *Finos* tienen un precio de 10 unidades, mientras que los *Tío Pepe Oro* alcanzan 250 unidades. El artículo 2 obliga a Tabacalera, S.A., a confeccionar tarifas con cargo a las recaudaciones correspondientes, para su publicación en expendedurías. El artículo 3 autoriza a la Delegación del Gobierno a remitir cinco ejemplares de las tarifas a las Delegaciones Provinciales de Hacienda para su conocimiento. El artículo 4 establece que la empresa debe tomar medidas para el cumplimiento de la disposición y dar cuenta a la Delegación del Gobierno. El artículo 5 autoriza a la Delegación del Gobierno a fijar precios para nuevas labores introducidas en comercialización, por equiparación o analogía con los establecidos. Finalmente, el artículo 6 establece que la Orden entrará en vigor el día de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. La norma refleja la intervención del Estado en el sector de tabacos, regulando precios para garantizar la estabilidad económica y fiscal. La inclusión del Impuesto sobre el Lujo en los precios indica la aplicación de un tributo específico a productos de lujo, conforme al régimen tributario vigente en la época. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden fija precios de cigarros con base en un acuerdo ministerial, incluye impuestos y establece procedimientos para su aplicación. La norma tiene relevancia en el ámbito fiscal y comercial, regulando el sector de tabacos en España. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de precios con impuestos**: Se incluye el Impuesto sobre el Lujo en los precios de venta al público. ⚠️ **Procedimientos de publicación**: Tabacalera, S.A., debe confeccionar tarifas y remitirlas a las Delegaciones Provinciales de Hacienda. 📋 **Autorización de nuevas labores**: La Delegación del Gobierno puede fijar precios para nuevos productos por analogía. ℹ️ **Vigencia inmediata**: La Orden entra en vigor al día de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: *Boletín Oficial del Estado* (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 31 de agosto de 1984 - **Materias**: Precios de venta al público, Impuesto sobre el Lujo, regulación del sector tabacalero - **Relevancia**: ALTA (regula un sector clave con implicaciones económicas y fiscales) **Palabras clave**: precios de cigarros, Impuesto sobre el Lujo, Tabacalera, S.A., regulación administrativa, Boletín Oficial del Estado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →