Orden de 3 de octubre de 1984 sobre emisión de bonos por parte del Instituto de Crédito Oficial.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 3 de octubre de 1984 sobre emisión de bonos por parte del Instituto de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 3 de octubre de 1984 autoriza al Instituto de Crédito Oficial a emitir bonos por un importe máximo de 6.000 millones de pesetas, ampliables a 8.000 millones si se cubre el monto inicial, con términos específicos sobre nominal, plazo, intereses, amortización y condiciones de intermediación. **2. CONTEXTO** El acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de marzo de 1984 autorizó al Instituto de Crédito Oficial a realizar emisiones de bonos o pagarés por hasta 32.000 millones de pesetas, delegando al Ministerio de Economía y Hacienda la ejecución de disposiciones necesarias. El presente orden detalla los términos de la emisión específica de 6.000 millones de pesetas, en cumplimiento de dicha autorización. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El orden establece las siguientes disposiciones: 1. **Autorización de emisión**: El Instituto de Crédito Oficial puede emitir bonos por 6.000 millones de pesetas, con posibilidad de ampliación a 8.000 millones si se cubre el monto inicial. Los fondos se destinan a financiar operaciones crediticias del Instituto. 2. **Nominal de títulos**: Cada bono tiene un nominal de 10.000 pesetas. 3. **Período de suscripción**: La suscripción abierta se realizará del 12 de noviembre al 1 de diciembre de 1984. 4. **Intereses**: Durante los primeros cuatro años, se pagarán intereses al 14% anual, aumentando al 16,25% en los dos años siguientes. Los intereses se abonarán semestralmente. 5. **Amortización**: El suscriptor puede elegir amortizar los bonos a los cuatro o seis años del cierre de la suscripción. El Instituto podrá reembolsar anticipadamente toda o parte de la emisión en el quinto año. 6. **Comisión de intermediación**: Máximo del 4% del valor nominal. 7. **Cotización en bolsa**: Los bonos se admitirán de oficio a cotización oficial, con ventajas según el artículo 46 del Reglamento de Bolsas. 8. **Control de títulos**: Aplicación de la Orden de 20 de mayo de 1974 sobre el sistema de liquidación y compensación de operaciones de bolsa y depósitos de valores mobiliarios. El texto refiere a normas anteriores, como el acuerdo del Consejo de Ministros de 1984 y la Orden de 1974, para garantizar la legalidad de la emisión. La autorización se otorga en virtud de la delegación previa, asegurando que el Instituto cumpla con los objetivos de financiación crediticia. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden establece condiciones claras para la emisión de bonos, con limitaciones de monto, plazo y términos de interés. La autorización se vincula a la necesidad de financiar operaciones crediticias, bajo el marco regulatorio vigente. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de emisión**: 6.000 millones de pesetas, ampliables a 8.000 millones. ⚠️ **Condiciones de interés**: 14% anual durante 4 años, luego 16,25%. 📋 **Amortización flexible**: Opción de 4 o 6 años, con reembolso anticipado. ℹ️ **Cotización en bolsa**: Ventajas según artículo 46 del Reglamento de Bolsas. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial de 3 de octubre de 1984 - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 3 de octubre de 1984 - **Materias**: Crédito, emisión de bonos, finanzas públicas - **Relevancia**: ALTA (regula un mecanismo clave de financiación pública en el contexto de la economía española de la época). **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────