Corrección de errores de la Orden de 3 de septiembre de 1984 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 1984, en relación con la contabilidad de gastos públicos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 3 de septiembre de 1984 por la que se regul ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige un error en la Orden de 3 de septiembre de 1984, que regula las operaciones de cierre del ejercicio 1984 en materia de contabilidad de gastos públicos. Se corrige la mención del año en el apartado 11.4 de la Orden. 2. **CONTEXTO** La Orden de 3 de septiembre de 1984 establecía normas sobre el cierre de ejercicio 1984 en materia de contabilidad de gastos públicos. Durante su publicación en el "Boletín Oficial del Estado" número 221, de fecha 14 de septiembre de 1984, se detectó un error en el texto original. El error afectaba la precisión de la fecha mencionada en el apartado 11.4 de la Orden. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige un error en la redacción de la Orden de 3 de septiembre de 1984, que se publicó en el "Boletén Oficial del Estado" número 221, de fecha 14 de septiembre de 1984. En concreto, se corrige el apartado 11.4 de dicha Orden, donde se mencionaba incorrectamente el año 1983 en lugar del año correcto, 1984. El texto original decía: "... último trimestre de 1983 ...", y se corrige para que diga: "... último trimestre de 1984...". Esta corrección se realiza para garantizar la precisión de la norma y evitar confusiones en la aplicación de las disposiciones establecidas en la Orden. La corrección no implica cambios en el contenido general de la Orden, sino únicamente en la redacción de una parte específica. La norma se inserta en el "Boletín Oficial del Estado" como rectificación, lo que significa que se considera parte integrante de la Orden original. La corrección se realiza en la página 26683 del "Boletín Oficial del Estado" número 221. Esta norma se enmarca dentro del marco legal de la contabilidad pública y las operaciones de cierre de ejercicio, que son reguladas por normas específicas del Estado. La corrección se realiza en cumplimiento de los principios de transparencia y exactitud en la publicación de normas jurídicas. La norma no introduce nuevos derechos ni obligaciones, sino que corrige una errata en un texto ya publicado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige un error en la publicación de la Orden de 1984. No modifica el contenido general, solo la redacción de un apartado específico. La corrección se realiza para garantizar la precisión del texto. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error**: Se corrige un error en la fecha mencionada en el apartado 11.4 de la Orden. ⚠️ **No modificación de contenido**: La norma no introduce cambios sustanciales, solo una corrección de redacción. 📋 **Publicación en Boletín Oficial**: La corrección se inserta en el "Boletín Oficial del Estado" como rectificación. ℹ️ **Relevancia en contabilidad pública**: La norma afecta a la precisión de la contabilidad de gastos públicos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Rectificación - **Fecha**: 14 de septiembre de 1984 - **Materias**: Contabilidad pública, cierre de ejercicio, normativa financiera - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────