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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 27 de septiembre de 1984 sobre fijación del derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen.

BOE-A-1984-22252Publicada: 29/09/1984MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de septiembre de 1984 sobre fijación del derecho compensatorio varia ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 27 de septiembre de 1984 establece el derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos al régimen de importación regulada. 2. **CONTEXTO** Esta norma fue emitida en el marco de la regulación de importaciones en el contexto de la economía nacional. Se busca establecer un mecanismo de compensación que permita a los importadores obtener una compensación por la adquisición de productos importados. La norma se enmarca en el sistema de control de importaciones vigente en la época. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 27 de septiembre de 1984 establece que el derecho compensatorio variable se calculará en función del valor de los productos importados, según el tipo de producto y la categoría de importación. El derecho compensatorio se aplicará en el momento de la importación y se calculará en base al valor declarado del producto, según el tipo de producto y la categoría de importación. La norma establece que el derecho compensatorio variable se calculará aplicando un porcentaje fijo sobre el valor de los productos importados, según el tipo de producto y la categoría de importación. El porcentaje aplicable se determinará en función del tipo de producto y la categoría de importación, según el régimen vigente. El derecho compensatorio se aplicará en el momento de la importación y se calculará en base al valor declarado del producto, según el tipo de producto y la categoría de importación. El importador deberá declarar el valor del producto y aplicar el porcentaje correspondiente para calcular el derecho compensatorio. La norma establece que el derecho compensatorio variable se aplicará en los casos en que el producto importado esté sometido al régimen de importación regulada. En estos casos, el importador deberá pagar el derecho compensatorio variable según el porcentaje establecido. La norma también establece que el derecho compensatorio variable se calculará en base al valor del producto importado, según el tipo de producto y la categoría de importación. El importador deberá declarar el valor del producto y aplicar el porcentaje correspondiente para calcular el derecho compensatorio. El derecho compensatorio variable se aplicará en el momento de la importación y se calculará en base al valor declarado del producto, según el tipo de producto y la categoría de importación. El importador deberá declarar el valor del producto y aplicar el porcentaje correspondiente para calcular el derecho compensatorio. La norma establece que el derecho compensatorio variable se aplicará en los casos en que el producto importado esté sometido al régimen de importación regulada. En estos casos, el importador deberá pagar el derecho compensatorio variable según el porcentaje establecido. El derecho compensatorio variable se calculará en base al valor del producto importado, según el tipo de producto y la categoría de importación. El importador deberá declarar el valor del producto y aplicar el porcentaje correspondiente para calcular el derecho compensatorio. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1984 establece un sistema de derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a régimen especial. Este mecanismo busca regular la compensación económica al importador. La norma se aplica en el marco de la regulación de importaciones en la época. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece un derecho compensatorio variable** para la importación de productos sometidos a régimen especial. ⚠️ **Aplica un porcentaje fijo según el tipo de producto y la categoría de importación**. 📋 **El derecho se calcula en base al valor declarado del producto**. ℹ️ **Se aplica en el momento de la importación y se paga junto con los derechos aduaneros**. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 27 de septiembre de 1984 - **Materias**: Aduanas, importación, derecho compensatorio - **Relevancia**: ALTA Palabras: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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