Resolución de 25 de septiembre de 1984, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se establecen las normas para la reinversión mediante canje voluntario prevista en el número 8 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 10 de septiembre de 1984.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 25 de septiembre de 1984, de la Dirección General del Tesoro y Pol ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 25 de septiembre de 1984 establece las normas para la reinversión mediante canje voluntario de títulos de deuda del Estado amortizados en 1984, permitiendo a sus tenedores reinvertir el importe nominal en nuevas emisiones de Deuda del Estado. **2. CONTEXTO** Esta norma surge como respuesta a la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 10 de septiembre de 1984, que otorga a los tenedores de ciertos títulos amortizados el derecho a reinvertir mediante canje. La Resolución de 25 de septiembre se dicta con el objetivo de materializar dicha disposición, estableciendo las condiciones, procedimientos y emisiones disponibles para la reinversión. La norma se enmarca en el contexto de la gestión de la deuda pública en España durante la década de 1980. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 25 de septiembre de 1984, emitida por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, establece las normas para la reinversión mediante canje voluntario de títulos de deuda del Estado amortizados en 1984. Según el número 8 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 10 de septiembre de 1984, los tenedores de títulos amortizados al 12,50 por 100 de las emisiones de 14 de diciembre de 1979 y 20 de diciembre de 1981 tienen derecho a reinvertir el importe nominal mediante canje por títulos de nuevas emisiones de Deuda del Estado. La Resolución detalla las emisiones disponibles para la reinversión, incluyendo Obligaciones del Estado, Bonos del Estado al 15,25 por 100 y Deuda Desgravable del Estado al 13,50 por 100. La Resolución establece que la reinversión se realizará en las condiciones previstas en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 10 de septiembre de 1984 y en esta Resolución. Los tenedores de los títulos mencionados podrán reinvertir en las emisiones indicadas, con condiciones específicas para cada tipo de título. Por ejemplo, para las Obligaciones del Estado de emisión 10 de diciembre de 1984, el primer cupón a cobrar será el de 10 de junio de 1985, con importes diferentes según la emisión original. Para los Bonos del Estado al 15,25 por 100 y la Deuda Desgravable del Estado al 13,50 por 100, se detallan los importes brutos de los primeros cupones, según la emisión original. Además, la Resolución establece que las Entidades depositarias o comisionadas para la gestión del cobro de intereses reclamarán el pago agrupado en cada factura solo de cupones de igual cuantía y deuda. También se establece que las Entidades colaboradoras deben dar de baja inmediata en sus archivos mecanizados las numeraciones de los títulos presentados a canje. Por último, el Servicio de Coordinación de Bolsas debe disponer la cancelación anticipada de saldos de operaciones sobre títulos de las deudas al 12,50 por 100 de 14 de diciembre de 1979 y 20 de diciembre de 1981, en la serie que resulte amortizada, para garantizar la congruencia con la presente resolución. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 1984 establece un marco legal para la reinversión de títulos de deuda del Estado amortizados, permitiendo a sus tenedores reinvertir en nuevas emisiones. Se detallan las condiciones, emisiones disponibles y procedimientos para la reinversión. La norma busca garantizar la continuidad de la gestión de la deuda pública. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho a reinversión**: Los tenedores de títulos amortizados tienen derecho a reinvertir mediante canje. ⚠️ **Emisiones disponibles**: Se detallan las emisiones de Deuda del Estado disponibles para la reinversión. 📋 **Condiciones específicas**: Cada emisión tiene condiciones particulares para el cobro de cupones. ℹ️ **Procedimientos de gestión**: Se establecen pasos para la cancelación de títulos y gestión de cobros. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 25 de septiembre de 1984 - **Tipo**: Resolución ministerial - **Fecha**: 25 de septiembre de 1984 - **Materias**: Deuda pública, reinversión, títulos de deuda, gestión financiera - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Deuda del Estado, reinversión, canje, títulos, gestión financiera, Ministerio de Economía y Hacienda ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────