Orden de 17 de octubre de 1984 sobre índices de precios de mano de obra y materiales de la construcción correspondientes al mes de junio de 1984, aplicables a la revisión de precios de contratos de obras del Estado.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 17 de octubre de 1984 sobre índices de precios de mano de obra y materi ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El presente documento establece los índices de precios de mano de obra y materiales de la construcción para el mes de junio de 1984, aplicables a la revisión de precios de contratos de obras del Estado, aprobados por el Consejo de Ministros el 17 de octubre de 1984. 2. **CONTEXTO** Este orden ministerial se emite en el marco de la regulación de precios en contratos públicos, con base en el Decreto-Ley de 4 de febrero de 1964 y la Ley 46/1980. El Comité Superior de Precios de Contratos del Estado elabora los índices necesarios para garantizar la justicia en la revisión de precios. El documento incluye índices por provincias y materiales, con datos específicos para la Península Ibérica y las Islas Canarias. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 17 de octubre de 1984 establece los índices de precios de mano de obra y materiales de la construcción para el mes de junio de 1984, con el fin de aplicarlos a la revisión de precios de contratos de obras del Estado. Estos índices se basan en la normativa vigente, incluyendo los artículos 9 del Decreto-Ley de 4 de febrero de 1964 y los artículos 2, 1 de la Ley 46/1980, de 1 de octubre. El Comité Superior de Precios de Contratos del Estado elaboró los índices, que fueron aprobados por el Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de octubre de 1984. Los índices de mano de obra se dividen en provincias, con valores específicos para cada una. Por ejemplo, en Alava el índice es de 165,69, mientras que en Alicante, Almería, Austrias, Avila, Badajoz, Baleares, Barcelona, Cáceres, Cádiz, Cantabria, Castellón, Ciudad Real, Córdoba, Coruña, La, Cuenca, Gerona, Granada, Guadalajara, Guipúzcoa, Huelva, Huesca, Jaén, León, Lérida, Lugo, Madrid, Málaga, Murcia, Navarra, Orense, Palencia, Palmas de Gran Canarias, Pontevedra, Rioja, La, Salamanca, Santa Cruz de Tenerife, Segovia, Sevilla, Soria, Tarragona, Teruel, Toledo, Valencia, Valladolid, Vizcaya, Zamora y Zaragoza, el índice es de 171,68. El índice nacional de mano de obra es de 150,30. En cuanto a los materiales de la construcción, se incluyen los siguientes: cemento, cerámica, maderas, acero, energía, cobre, aluminio y ligantes. Para la Península e islas Baleares, los índices son: cemento 907,0, cerámica 676,8, maderas 938,4, acero 494,4, energía 1.054,3, cobre 472,4. Para las Islas Canarias, los índices son: cemento 687,5, cerámica 1.008,4, maderas 751,2, acero 707,2, energía 1.372,4. Los materiales como cobre y aluminio no tienen datos para las Islas Canarias, y los ligantes solo tienen datos para la Península. El documento se publica en Madrid el 17 de octubre de 1984, firmado por BOYER SALVADOR, y se presenta como un instrumento legal para la aplicación de los principios de justicia y equidad en la revisión de precios en contratos públicos. Estos índices son utilizados como referencia para ajustar los precios de los contratos en función de la inflación y los cambios en los costos de mano de obra y materiales, garantizando una distribución justa de los costos entre las partes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El documento establece índices de precios de mano de obra y materiales de la construcción para junio de 1984, aplicables a contratos públicos. Se basa en normativas vigentes y fue aprobado por el Consejo de Ministros. Los índices son utilizados para garantizar la justicia en la revisión de precios. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Índices de precios de mano de obra y materiales de la construcción para junio de 1984. ⚠️ Aplicables a contratos de obras del Estado. 📋 Índices por provincias y materiales, con datos específicos. ℹ️ Publicado en Madrid el 17 de octubre de 1984. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Normativa reglamentaria - **Fecha**: 17 de octubre de 1984 - **Materias**: Contratos públicos, precios, mano de obra, materiales de construcción - **Relevancia**: ALTA Palabras clave: Índices de precios, mano de obra, materiales de construcción, contratos públicos, revisión de precios, Decreto-Ley, Ley 46/1980, Consejo de Ministros. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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