Corrección de erratas de la Orden de 29 de noviembre de 1984 sobre fijación del derecho regulador para la importación de productos sometidos a este régimen.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Orden de 29 de noviembre de 1984 sobre fijación del ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores en la publicación de la Orden de 29 de noviembre de 1984 sobre fijación del derecho regulador para la importación de productos sometidos a este régimen. 2. **CONTEXTO** La Orden de 29 de noviembre de 1984 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 287, de 30 de noviembre, página 34608. Durante su publicación, se detectaron errores en el texto original. Para corregir dichos errores, se emitió una corrección oficial que se publicó posteriormente. La corrección incluye la rectificación de tablas omitidas en la página 34749 del citado Boletín Oficial del Estado. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma en cuestión es una corrección de erratas emitida por el Ministerio de Economía y Hacienda, con el objetivo de corregir errores en la publicación de la Orden de 29 de noviembre de 1984. La Orden original establecía el derecho regulador para la importación de productos sometidos a este régimen, y su publicación fue realizada en el «Boletín Oficial del Estado» número 287, de 30 de noviembre, página 34608. Sin embargo, durante su publicación, se detectaron errores en el texto original, específicamente la omisión de tablas en la página 34749. Para corregir dichos errores, se emitió una corrección oficial que se publicó posteriormente. La corrección incluye la transcripción de las oportunas rectificaciones, indicando claramente los errores detectados y las correcciones realizadas. La corrección se dirige al Ilmo. Sr. Director general de Política Arancelaria e Importación, con el fin de que se conozcan y se lleven a cabo los efectos oportunos. La corrección se realizó en Madrid, el 30 de noviembre de 1984, firmada por Boyer Salvador. La norma no introduce nuevos elementos jurídicos, sino que se limita a corregir errores en la publicación de una orden ya emitida. La corrección se basa en la necesidad de garantizar la precisión y la fiabilidad del texto legal, lo cual es fundamental para el correcto ejercicio de los derechos y obligaciones derivados de dicha norma. La corrección no modifica el contenido sustancial de la Orden original, sino que solo corrige errores de transcripción o omisión de información. Por tanto, su aplicación no afecta a los derechos o obligaciones ya establecidos por la Orden de 1984, sino que solo asegura que el texto publicado sea fiel a su contenido original. La norma se enmarca dentro del régimen arancelario y de la regulación de importaciones, por lo que su aplicación está vinculada a los principios de transparencia y precisión en la normativa vigente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en la publicación de una orden sobre el derecho regulador para la importación. Se dirige al Director general de Política Arancelaria e Importación. No introduce cambios sustanciales, sino que asegura la precisión del texto legal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de erratas**: Se corrige un error en la publicación de una orden ya emitida. ⚠️ **No modifica contenido sustancial**: La corrección no altera el contenido original de la orden, solo corrige errores de transcripción. 📋 **Publicación en Boletín Oficial del Estado**: La corrección se publica en el Boletín Oficial del Estado, garantizando su legalidad. ℹ️ **Dirección al órgano competente**: La corrección se dirige al Director general de Política Arancelaria e Importación para su conocimiento y aplicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Corrección de erratas - **Fecha**: 30 de noviembre de 1984 - **Materias**: Arancelario, Importación, Derecho regulador - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: corrección, errata, Boletín Oficial del Estado, derecho regulador, importación, arancelario ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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