Real Decreto 707/2015, de 24 de julio, por el que se regula el Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Un Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria, creado por este Real Decreto para financiar obras de carreteras y ferrocarriles que conecten los puertos de interés general con las redes de transporte comunes. Es un fondo sin personalidad jurídica propia que se alimenta con aportaciones de Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias en forma de préstamos. **¿A quién afecta?** A Puertos del Estado y a las Autoridades Portuarias, que tienen obligación de aportar dinero anualmente al Fondo (entre el 25% y el 50% de sus beneficios netos) y pueden hacer aportaciones voluntarias. También afecta a los puertos de interés general, que podrán beneficiarse de mejores conexiones terrestres, y al sector del transporte de mercancías que depende de estas infraestructuras. **¿Qué cambia o establece?** Obliga a los organismos portuarios públicos a contribuir financieramente a la mejora de carreteras y ferrocarriles que unan sus puertos con el resto de redes de transporte, así como a mejorar esas redes generales. El porcentaje de beneficios a aportar lo fija anualmente el Comité de Distribución del Fondo de Compensación Interportuario, con límites entre el 25% y el 50%, salvo que el Ministerio de Fomento establezca un porcentaje menor. Las Autoridades Portuarias en territorios no peninsulares pagan la mitad.
💬 Contexto ciudadano
Antes de 2015, la financiación de infraestructuras de conexión terrestre de los puertos dependía de presupuestos generales y aportaciones dispersas sin mecanismo específico de solidaridad interportuaria. Este Real Decreto establece un sistema novedoso en el contexto español, aunque la Unión Europea promueve desde la Directiva de Corredores Transeuropeos (TEN-T) la interconexión de puertos con redes terrestres. A diferencia de otros países con fondos dedicados permanentes, España genera un mecanismo estatal que coexiste con sistemas portuarios autonómicos en Cataluña, País Vasco y Galicia, que mantienen competencias en puertos menores. Para el ciudadano importa porque mejora la competitividad de los puertos españoles y reduce costes logísticos del comercio nacional e internacional.