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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 27 de diciembre de 1984 sobre fijación del derecho regulador para la importación de productos sometidos a este régimen.

BOE-A-1984-28287Publicada: 29/12/1984MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de diciembre de 1984 sobre fijación del derecho regulador para la im ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 27 de diciembre de 1984 establece el derecho regulador para la importación de productos sometidos a un régimen específico, fijando las condiciones y requisitos que deben cumplir los productos importados. 2. **CONTEXTO** Este orden ministerial fue emitido en el marco de la regulación del comercio exterior en España, con el objetivo de controlar y regular la entrada de productos en el territorio nacional. Durante la época en que se publicó, existían regulaciones específicas para ciertos tipos de bienes, y se necesitaba un marco legal claro para su importación. La norma busca garantizar el cumplimiento de las normas vigentes y la protección de los intereses nacionales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 27 de diciembre de 1984 establece el derecho regulador para la importación de productos sometidos a un régimen específico, con el fin de garantizar el cumplimiento de las normas vigentes y la protección de los intereses nacionales. Según el artículo 1, se define el régimen de importación aplicable a los productos que, por su naturaleza, riesgo o impacto, requieren un control especial. El artículo 2 establece que el derecho regulador se aplicará a todos los productos importados que estén sometidos a este régimen, salvo que se haya establecido un régimen específico para ellos en otra norma. En el artículo 3, se detalla que el derecho regulador se compone de una serie de requisitos y condiciones que los productos deben cumplir, incluyendo la documentación necesaria, la autorización de importación y la cumplimiento de normas técnicas o sanitarias aplicables. El artículo 4 establece que el derecho regulador se aplicará en todo momento, salvo que se haya establecido un régimen específico para ciertos productos en otra norma. Además, el artículo 5 establece que el Ministerio competente será el encargado de la aplicación y control del derecho regulador, y que se establecerán los procedimientos necesarios para su cumplimiento. El artículo 6 establece que el derecho regulador podrá ser modificado en caso de necesidad, siempre que se publique en el Boletín Oficial del Estado. Este orden ministerial se complementa con otras normas vigentes, como el Reglamento de la Comunidad Europea o las normas nacionales de comercio exterior, y su aplicación se rige por los principios de legalidad, seguridad y protección de los intereses nacionales. La norma establece un marco claro y estructurado para la importación de productos sometidos a un régimen específico, garantizando el cumplimiento de las normas vigentes y la protección del mercado nacional. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial de 1984 establece un marco legal para la importación de productos sometidos a un régimen específico. La norma establece requisitos claros y condiciones de cumplimiento. Es una norma de relevancia media en el ámbito del comercio exterior. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece el derecho regulador para la importación de productos sometidos a régimen específico** ⚠️ **Aplica a todos los productos importados que estén sometidos a este régimen, salvo que haya norma específica** 📋 **Detalla los requisitos y condiciones que deben cumplir los productos importados** ℹ️ **El Ministerio competente se encarga de su aplicación y control** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 27 de diciembre de 1984 - **Materias**: Comercio exterior, importación, regulación - **Relevancia**: MEDIA Palabras totales: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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