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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 18 de enero de 1985 sobre supresión de los cánones por importación en favor de la renta de petróleos.

BOE-A-1985-1456Publicada: 22/01/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 18 de enero de 1985 sobre supresión de los cánones por importación en f ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **¿Qué resuelve?** La Orden Ministerial de 18 de enero de 1985 suprime los cánones por importación de productos derivados del petróleo en favor de la renta de petróleos, desde el 1 de julio de 1984, y deroga normas anteriores que se oponían a esta medida. 2. **Contexto** El Real Decreto-ley 7/1984, de 13 de junio, derogó las exenciones arancelarias de derivados petrolíferos destinados al monopolio de Petróleos. El Real Decreto 1232/1984, de 20 de junio, estableció derechos arancelarios aplicables a partir del 1 de julio de 1984, sin modificar los cánones a la importación en favor de la renta de petróleos. La regulación afectó la importación de dichos productos, lo que justificó la supresión de los cánones. 3. **Contenido Jurídico** La Orden Ministerial de 18 de enero de 1985, publicada en Madrid, establece que a partir del 1 de julio de 1984, las importaciones de productos derivados del petróleo realizadas por particulares autorizados no generarán canon de importación en favor de la renta de petróleos. Además, se permite revisar las liquidaciones de cánones ingresados o avalados para importaciones realizadas a partir de esa fecha. Se derogaron las órdenes ministeriales de 1960, 1963, 1965, 1968 y 1982, así como otras normas que se oponían a esta medida. La Orden se adoptó a propuesta de la Delegación del Gobierno en CAMPSA, con informes favorables de la Secretaría General Técnica del Ministerio y de la Dirección General de la Energía. Se basa en las atribuciones otorgadas por el artículo 28 del Reglamento aprobado por Decreto de 20 de mayo de 1949. En cuanto a la derogación, se mencionan las siguientes órdenes ministeriales: - 21 de abril de 1960 - 18 de octubre de 1960 - 10 de diciembre de 1963 - 23 de octubre de 1965 - 24 de enero de 1968 - 30 de julio de 1982 La medida busca armonizar la normativa arancelaria con la regulación del monopolio de Petróleos, eliminando exenciones que ya no eran compatibles con los derechos establecidos en 1984. 4. **Conclusión simple** La Orden de 1985 elimina los cánones por importación de derivados petrolíferos, derogando normas anteriores. Se establece un régimen arancelario uniforme desde el 1 de julio de 1984. La medida refleja una adaptación a la normativa vigente y a la política económica del momento. 5. **Puntos clave** ✅ **Supresión de cánones**: Se eliminan los cánones por importación de productos derivados del petróleo desde el 1 de julio de 1984. ⚠️ **Derogación de normas anteriores**: Se anulan órdenes ministeriales de 1960, 1963, 1965, 1968 y 1982, entre otras. 📋 **Revisión de liquidaciones**: Se permite revisar cánones ya ingresados o avalados para importaciones posteriores al 1 de julio de 1984. ℹ️ **Base legal**: Se fundamenta en el artículo 28 del Reglamento de 1949 y en la atribución de competencias a la Secretaría General Técnica. 6. **Ficha** - **Jurisdicción**: Ministerio de Hacienda. - **Fuente**: Orden Ministerial de 18 de enero de 1985. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 18 de enero de 1985. - **Materias**: Arancel, petróleo, importación, renta de petróleos. - **Relevancia**: ALTA (afecta directamente a la regulación arancelaria y fiscal en el sector energético). ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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