Orden de 4 de febrero de 1985 por la que se amplía el plazo de exposición de listas y admisión de reclamaciones para la rectificación del Censo Electoral de residentes (presentes y ausentes) mayores de edad, con referencia a 31 de marzo de 1984.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 4 de febrero de 1985 por la que se amplía el plazo de exposición de lis ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 4 de febrero de 1985 amplía el plazo de exposición de listas y admisión de reclamaciones para la rectificación del Censo Electoral de residentes mayores de edad, con referencia a 31 de marzo de 1984. 2. **CONTEXTO** La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 23 de marzo de 1984 establecía fechas para la exposición de listas electorales provisionales. Esta norma se publicó en el "Boletín Oficial del Estado" el 24 de marzo de 1984. El Ministerio de Economía y Hacienda, tras considerar necesario ampliar el plazo, tomó la decisión de modificar los términos establecidos en dicha Orden. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 4 de febrero de 1985, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" el mismo día, modifica y amplía los plazos previstos en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 23 de marzo de 1984. En concreto, el **Artículo 1.º** establece que el plazo de exposición de listas y admisión de reclamaciones para la rectificación del Censo Electoral se extiende hasta el **15 de febrero de 1985**, en lugar de la fecha prevista en la Orden de 1984. El **Artículo 2.º** amplía en diez días los plazos referidos en los artículos 13 a 17 de la mencionada Orden de 1984, lo que afecta a los términos de tramitación de reclamaciones y correcciones en el Censo Electoral. El **Artículo 3.º** establece que la presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". Esta norma se basa en el **Artículo 125 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, reguladora del régimen electoral general**, que establece el derecho de los ciudadanos a solicitar la rectificación de su nombre en el Censo Electoral. Además, se refiere a los **artículos 13 a 17 de la Orden ministerial de 23 de marzo de 1984**, que detallaban los procedimientos de rectificación. La Orden de 1985 se publicó en el "Boletín Oficial del Estado" el 4 de febrero de 1985, y fue firmada por BOYER SALVADOR, con la firma de los Excmos. Sres. Ministros de Asuntos Exteriores, de Administración Territorial y de Trabajo y Seguridad Social. Esta norma tiene una importancia relevante en el ámbito electoral, ya que permite una mayor participación ciudadana en la rectificación del Censo Electoral, garantizando una mayor precisión y transparencia en el proceso electoral. La ampliación de plazos facilita que los ciudadanos puedan presentar reclamaciones y solicitudes de corrección, lo que contribuye a la legitimidad del proceso electoral. La norma se aplica a todos los residentes mayores de edad, tanto presentes como ausentes, y se aplica a las listas electorales provisionales elaboradas por el Instituto Nacional de Estadística. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1985 modifica los plazos establecidos en la Orden de 1984 para la rectificación del Censo Electoral. Se amplía el plazo de exposición de listas y admisión de reclamaciones, lo que facilita la participación ciudadana en el proceso electoral. La norma se publicó en el "Boletín Oficial del Estado" y entró en vigor el mismo día. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación de plazos**: Se extiende el plazo de exposición de listas y admisión de reclamaciones hasta el 15 de febrero de 1985. ⚠️ **Modificación de normas previas**: Se modifica la Orden de 1984, ampliando los plazos de los artículos 13 a 17. 📋 **Procedimiento de rectificación**: Se establece un mecanismo para la corrección del Censo Electoral, garantizando la precisión de los datos. ℹ️ **Publicación en el B.O.E.**: La norma se publica en el "Boletín Oficial del Estado" el 4 de febrero de 1985 y entra en vigor el mismo día. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de aplicación general - **Fecha**: 4 de febrero de 1985 - **Materias**: Elecciones, Censo Electoral, Rectificación de datos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Censo Electoral, rectificación, plazos, participación ciudadana, B.O.E. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────