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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 1 de marzo de 1985 por la que se dictan normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 1986. (Continuación.)

BOE-A-1985-49957Publicada: 08/03/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 1 de marzo de 1985 por la que se dictan normas para la elaboración de l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El presente orden establece normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 1986, estableciendo procedimientos, responsabilidades y requisitos para la redacción y aprobación de dichos presupuestos. 2. **CONTEXTO** El orden fue emitido por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en el marco de la gestión presupuestaria del Estado. Se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 2 de marzo de 1986. La norma se enmarca en el sistema de control y gestión financiera del Estado durante la década de 1980. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El orden de 1 de marzo de 1985 establece una serie de normas destinadas a regular la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el año 1986. En primer lugar, se define el marco general de la elaboración presupuestaria, estableciendo que los presupuestos deben ser elaborados por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, bajo la supervisión del Ministerio de Economía y Hacienda. Se establece que los presupuestos deben incluir los ingresos y gastos previstos para el ejercicio económico, así como las previsiones de ejecución de los mismos. En el artículo 1, se establece que los presupuestos deben ser elaborados en base a la normativa vigente, y que su redacción debe garantizar la transparencia y la fiabilidad de los datos. En el artículo 2, se detalla que los presupuestos deben incluir la clasificación de los ingresos y gastos según la naturaleza de los mismos, y que deben estar acompañados de una memoria justificativa que explique las decisiones adoptadas. En el artículo 3, se establece que los presupuestos deben ser aprobados por el Gobierno, y que su aprobación debe estar acompañada de una serie de informes técnicos y económicos. En el artículo 4, se establece que los presupuestos deben ser sometidos al Parlamento, que los examina y puede proponer modificaciones. Además, se establecen normas sobre la elaboración de los presupuestos de las Administraciones Locales, que deben estar en consonancia con los presupuestos generales del Estado. En el artículo 5, se establece que los presupuestos de las Administraciones Locales deben ser elaborados por los respectivos órganos competentes, y que deben estar en línea con los principios generales establecidos en los presupuestos generales. El orden también establece normas sobre la publicación de los presupuestos, que deben ser publicados en el BOE, y que deben estar disponibles para el público en general. En el artículo 6, se establece que los presupuestos deben ser publicados en el BOE dentro de los treinta días siguientes a su aprobación, y que deben incluir una serie de anexos y tablas que faciliten su lectura y comprensión. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden establece un marco legal para la elaboración y aprobación de los Presupuestos Generales del Estado para 1986. Establece responsabilidades, procedimientos y requisitos para garantizar la transparencia y la fiabilidad de los presupuestos. La norma se enmarca en el sistema de control financiero del Estado durante la década de 1980. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación de la elaboración presupuestaria**: Establece normas para la redacción y aprobación de los Presupuestos Generales del Estado. ⚠️ **Responsabilidad institucional**: Define que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas es el órgano encargado de la elaboración. 📋 **Transparencia y fiabilidad**: Exige que los presupuestos sean elaborados con datos verificables y acompañados de una memoria justificativa. ℹ️ **Procedimiento de aprobación**: Establece que los presupuestos deben ser aprobados por el Gobierno y sometidos al Parlamento para su examen. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 1 de marzo de 1985 - **Materias**: Presupuestos, Hacienda, Administración pública - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Presupuestos Generales, Hacienda, Ministerio de Hacienda, BOE, aprobación presupuestaria ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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