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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 1 de marzo de 1985 por la que se dictan normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 1986. (Conclusión.).

BOE-A-1985-49959Publicada: 11/03/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 1 de marzo de 1985 por la que se dictan normas para la elaboración de l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece las bases para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el año 1986, definiendo los principios, criterios y procedimientos que deben seguirse en su redacción y aprobación. 2. **CONTEXTO** La Orden Ministerial de 1 de marzo de 1985 fue emitida en el marco del sistema de gobierno y administración pública español, con el objetivo de garantizar la transparencia y la legalidad en la preparación de los Presupuestos Generales del Estado. Se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con el fin de regular el proceso de elaboración y aprobación de los presupuestos para el año siguiente. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 1 de marzo de 1985 establece las normas generales que deben seguirse en la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el año 1986. En su artículo 1, se define que los Presupuestos deben estar basados en los principios de legalidad, transparencia, eficacia y equidad. En el artículo 2, se establece que la elaboración de los Presupuestos debe realizarse en el marco de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, y que se debe respetar el principio de equilibrio financiero. En el artículo 3, se detalla que los Presupuestos deben incluir las previsiones de ingresos y gastos, así como las medidas de política económica y social que se consideren necesarias. Además, se establece que la elaboración debe ser realizada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y que debe contar con la participación de los órganos de control y supervisión correspondientes. En el artículo 4, se establece que los Presupuestos deben ser aprobados por el Congreso de los Diputados, y que su aprobación debe estar acompañada de una explicación detallada de las previsiones económicas y sociales. En el artículo 5, se establece que los Presupuestos deben ser publicados en el BOE y que su vigencia comienza el primer día del año siguiente a su aprobación. En el artículo 6, se establece que los Presupuestos deben estar sujeto a la revisión por parte de la Comisión de Presupuestos del Congreso de los Diputados, y que se debe garantizar la transparencia en su redacción y aprobación. Esta norma establece un marco legal claro y estructurado para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado, garantizando que se respeten los principios de legalidad, transparencia y equidad en el proceso de aprobación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece un marco legal para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 1986. Define los principios y procedimientos que deben seguirse en su redacción y aprobación. Es una norma de carácter general y de aplicación obligatoria. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Principios de legalidad, transparencia y equidad**: Establece que los Presupuestos deben estar basados en estos principios. ⚠️ **Elaboración por el Ministerio de Hacienda**: Define que la elaboración debe realizarse por este órgano. 📋 **Aprobación por el Congreso de los Diputados**: Indica que los Presupuestos deben ser aprobados por este órgano. ℹ️ **Publicación en el BOE**: Establece que los Presupuestos deben ser publicados en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de aplicación general - **Fecha**: 1 de marzo de 1985 - **Materias**: Presupuestos Generales del Estado, Hacienda, Administración Pública - **Relevancia**: ALTA Palabras: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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