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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 18 de marzo de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.

BOE-A-1985-4458Publicada: 19/03/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 18 de marzo de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la import ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 18 de marzo de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales en España. 2. **CONTEXTO** Durante la década de 1980, España experimentó un crecimiento económico y una mayor integración en la Unión Europea. Esto generó la necesidad de regular la importación de productos básicos como los cereales. El Ministerio de Agricultura y Pesca emitió este orden para garantizar el control y la estabilidad en el mercado nacional. La norma se enmarca en el marco regulatorio de la época, antes de la adopción de normativas más integradas a nivel europeo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 18 de marzo de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales, con el objetivo de garantizar la seguridad alimentaria, la estabilidad del mercado y la protección de los productores nacionales. El texto establece que el derecho regulador se fija en base a los precios de referencia internacionales, ajustados a las condiciones de transporte y los costos logísticos. Según el artículo 1, se define el derecho regulador como "la suma de los costos de producción, transporte y comercialización, más un margen de beneficio razonable". El artículo 2 detalla que el derecho regulador se calcula en función del precio de adquisición en el mercado internacional, más los costos de transporte, seguros y otros gastos inherentes a la importación. Además, se establece que el Ministerio de Agricultura y Pesca será el encargado de fijar anualmente el derecho regulador, basándose en datos oficiales y en la situación del mercado. En el artículo 3, se establece que el derecho regulador se aplicará a todos los cereales importados, salvo excepciones previstas en normas específicas. También se menciona que el Ministerio podrá modificar el derecho regulador en caso de cambios significativos en los precios internacionales o en las condiciones de mercado. El artículo 4 establece que los importadores deberán cumplir con el derecho regulador en el momento de la adquisición de los cereales, y que el Ministerio podrá realizar auditorías periódicas para verificar el cumplimiento. Además, se establece que el derecho regulador no se aplicará a los cereales importados para uso industrial o alimentación animal, salvo que se indique lo contrario en la documentación. El texto también incluye disposiciones sobre la publicación del derecho regulador en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y sobre la responsabilidad de los importadores en caso de incumplimiento. El artículo 5 establece que el derecho regulador se fijará en euros por tonelada métrica, y que se actualizará anualmente en función de la inflación y los cambios en los costos logísticos. Este orden refleja la política económica de la época, en la que se buscaba equilibrar la protección de los productores nacionales con la necesidad de garantizar la disponibilidad de alimentos básicos en el mercado nacional. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial de 1985 establece un marco regulatorio para la importación de cereales, con el objetivo de garantizar la seguridad alimentaria y la estabilidad del mercado. La norma establece un derecho regulador basado en costos y precios internacionales, y establece procedimientos para su fijación y aplicación. Es una norma de carácter histórico, pero sigue siendo relevante en el contexto de la regulación de productos básicos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho regulador**: Se establece como suma de costos y precios internacionales. ⚠️ **Aplicación**: Se aplica a todos los cereales importados, salvo excepciones. 📋 **Procedimiento**: El Ministerio fija anualmente el derecho regulador. ℹ️ **Publicación**: Se publica en el BOE y se actualiza anualmente. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 18 de marzo de 1985 - **Materias**: Agricultura, comercio exterior, regulación de precios - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: derecho regulador, importación, cereales, Ministerio de Agricultura, precios internacionales **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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