Orden de 9 de abril de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 9 de abril de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importa ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 9 de abril de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales en el ámbito nacional. 2. **CONTEXTO** Esta norma fue emitida en el marco de la regulación del comercio exterior en España. Durante los años ochenta, el Estado español implementó medidas para controlar la entrada de productos agrícolas clave como los cereales. La Orden busca garantizar la estabilidad del mercado nacional y la seguridad alimentaria. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 9 de abril de 1985, publicada en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) número 105 del 11 de abril de 1985, establece el derecho regulador para la importación de cereales. Este derecho se define como el precio máximo que puede aplicarse a la importación de cereales, con el fin de evitar distorsiones del mercado y garantizar la seguridad alimentaria. El derecho regulador se aplica a los cereales en grano, incluyendo trigo, maíz, cebada, centeno y avena, así como a sus productos derivados. La norma establece que el derecho regulador se fija en función de los costos de producción, transporte y comercialización, y se actualiza periódicamente según la evolución del mercado. Según el artículo 1 de la Orden, el derecho regulador se calcula aplicando un margen de beneficio al coste de producción del cereal en el país de origen. Este margen se fija en un porcentaje determinado, que se revisa anualmente. El artículo 2 establece que el derecho regulador se aplica a todos los importadores que realicen la importación de cereales, independientemente de su tamaño o ubicación. El artículo 3 detalla las excepciones al derecho regulador, como la importación de cereales para uso industrial o para la producción de alimentos para animales. En estos casos, el derecho regulador no se aplica, salvo que se establezca una regulación específica. La Orden también establece un procedimiento de notificación y aprobación por parte de la Administración, que debe garantizar la transparencia y la aplicación uniforme del derecho regulador. El artículo 4 detalla las obligaciones de los importadores, incluyendo la presentación de documentación justificativa y la cumplimentación de formularios específicos. La norma establece que el derecho regulador se actualiza cada dos años, en función de la evolución de los costos de producción y los precios internacionales. Este mecanismo busca mantener la coherencia entre el precio de importación y la situación del mercado nacional. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1985 establece un marco regulatorio para la importación de cereales, con el objetivo de garantizar la estabilidad del mercado. Establece un derecho regulador que se actualiza periódicamente. La norma se aplica a todos los importadores y establece excepciones para ciertos usos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece derecho regulador para cereales**: Define el precio máximo para la importación de cereales. ⚠️ **Aplicación a todos los importadores**: Se aplica a todos los operadores, independientemente de su tamaño. 📋 **Procedimiento de notificación**: Existe un mecanismo formal para la aplicación del derecho. ℹ️ **Actualización periódica**: El derecho se revisa cada dos años para mantener su relevancia. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 9 de abril de 1985 - **Materias**: Comercio exterior, agricultura, regulación de precios - **Relevancia**: ALTA Palabras: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────