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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 3 de abril de 1985 por la que se fijan los precios de venta al público para las labores de cigarrillos y picaduras producidas por «Tabacalera, Sociedad Anónima», labores de cigarrillos procedentes de la industria canaria y labores procedentes del extranjero adquiridas en firme.

BOE-A-1985-5457Publicada: 06/04/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 3 de abril de 1985 por la que se fijan los precios de venta al público ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Ministerio fija los precios de venta al público para labores de cigarrillos y picaduras producidas por Tabacalera, S.A., así como para productos de la industria canaria y extranjeros adquiridos en firme, autorizando a la delegación del gobierno en dicha empresa para gestionar nuevas tarifas y labores obsoletas. **2. CONTEXTO** La Orden Ministerial de 3 de abril de 1985 se emite en virtud del acuerdo del Consejo de Ministros del mismo día, con el objetivo de regular los precios públicos de productos tabacileros. La norma refleja el control estatal sobre el sector tabaco en España, típico de la época, y establece un marco para la comercialización de marcas nacionales e internacionales. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial 1/1985, publicada en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE), fija precios específicos para labores de cigarrillos y picaduras, incluyendo marcas como Lucky Strike, Marlboro, Davidoff y Havanas, con precios que varían entre 19 y 3.100 pesetas. Los precios se aplican a labores peninsulares, canarias y extranjeras adquiridas en firme. El texto establece que: - **Artículo 1**: Los precios incluyen el impuesto sobre el lujo y se aplican a productos como cajetillas de cigarrillos, picaduras y laboratorios de tabaco. - **Artículo 2**: Los cigarrillos producidos en las Islas Canarias tienen precios específicos, como los modelos *Hilton* y *Hollywood*. - **Artículo 4**: Tabacalera, S.A. debe confeccionar nuevas tarifas con cargo a las rentas, publicarlas y someterlas a la delegación del gobierno para su aprobación. - **Artículo 6**: La delegación del gobierno en Tabacalera, S.A. tiene autorización para: a) Fijar precios de nuevas labores introducidas por equidad o analogía. b) Declarar la extinción de labores con baja demanda. c) Dictar normas complementarias para el cumplimiento de la orden. - **Artículo 7**: Los precios entraron en vigor el mismo día de la publicación en el BOE. La norma refleja un modelo de regulación estatal en el sector tabaco, con un enfoque en la estabilidad de precios y el control de la distribución. La autorización a la delegación del gobierno en Tabacalera, S.A. permite una gestión flexible de nuevas entradas y ajustes en el mercado, mientras se mantiene el marco regulatorio centralizado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden fija precios públicos para productos tabacileros, autoriza a la delegación del gobierno en Tabacalera, S.A. para gestionar tarifas y labores obsoletas, y establece un marco de control estatal sobre el sector. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de precios específicos**: Listado detallado de precios para más de 100 marcas y formatos. ⚠️ **Control estatal**: La norma refleja la intervención del Estado en el sector tabaco, típica de la época. 📋 **Autorización a la delegación**: Permite flexibilidad en la gestión de nuevas labores y ajustes. ℹ️ **Vigencia inmediata**: Los precios entraron en vigor al día siguiente de su publicación. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España (Comunidad de Madrid). - **Fuente**: Orden Ministerial de 3 de abril de 1985. - **Tipo**: Decreto ministerial. - **Fecha**: 3 de abril de 1985. - **Materias**: Precios públicos, control estatal, sector tabaco. - **Relevancia**: ALTA (refiere a un marco regulatorio histórico clave en el sector tabaco). **Palabras clave**: precios públicos, Tabacalera, S.A., control estatal, sector tabaco, delegación gubernamental. **Longitud**: 650 palabras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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