Orden de 28 de marzo de 1985 sobre las condiciones de la emisión de cédulas agrarias del Banco de Crédito Agrícola.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 28 de marzo de 1985 sobre las condiciones de la emisión de cédulas agra ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 28 de marzo de 1985 establece las condiciones para la emisión de cédulas agrarias por parte del Banco de Crédito Agrícola, autorizado por el Consejo de Ministros en marzo de 1985. Define el monto total, características de los títulos, intereses, vencimiento, amortización y reglas de suscripción. 2. **CONTEXTO** El documento surge de un acuerdo del Consejo de Ministros del 20 de marzo de 1985, que autoriza al Banco de Crédito Agrícola a emitir cédulas agrarias por 18.000 millones de pesetas. El Ministerio de Economía y Hacienda se encarga de fijar las condiciones de la emisión, ejecutar disposiciones necesarias y resolver dudas en su aplicación. La norma se publica en Madrid el 28 de marzo de 1985, con una nota de referencia a un Orden de 11 de febrero de 1983. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial detalla los términos de la emisión de cédulas agrarias, incluyendo: - **Monto total**: 18.000 millones de pesetas, divididas en títulos de 100.000 pesetas cada uno, numerados del 1 al 180.000. Pueden agruparse en títulos múltiples. - **Intereses**: Tasa anual del 11,50 por 100, devengados semestralmente el 20 de abril y 20 de octubre. El primer cupón vence el 20 de octubre de 1985, y el último el 20 de abril de 1990. - **Amortización**: Se realiza en quintas partes iguales, desde el 20 de abril de 1986 hasta el 20 de abril de 1990. Cada pago reduce el nominal en 20.000 pesetas. - **Suscripción**: Los títulos 1 al 50.000 se suscriben del 1 al 20 de abril de 1985; los restantes, del 50.001 al 180.000, según determinación de la Dirección General del Tesoro. - **Intereses posteriores a la suscripción**: Si el desembolso se efectúa después del 20 de octubre de 1985, se devengará la parte proporcional del interés hasta el vencimiento del primer cupón. - **Inclusión en coeficientes de inversión**: Las cédulas son computables en el coeficiente de inversión obligatoria de cajas rurales y cooperativas de crédito, y se consideran valores de cotización calificada. El texto se estructura en ocho puntos, con referencias a disposiciones anteriores (Orden de 11 de febrero de 1983) y al acuerdo del Consejo de Ministros. No se mencionan artículos específicos, pero se basa en normas generales de emisión de títulos públicos y regulación financiera. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial de 1985 establece un marco regulatorio para la emisión de cédulas agrarias, detallando montos, intereses, vencimiento y condiciones de suscripción. El Ministerio de Economía y Hacienda supervisa su cumplimiento y resuelve dudas. La norma refleja una regulación financiera de la época, con enfoque en la estabilidad económica rural. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Monto total**: 18.000 millones de pesetas en títulos de 100.000 pesetas. ⚠️ **Intereses**: Tasa del 11,50% anual, con cupones semestrales y amortización en quintas partes. 📋 **Suscripción**: Períodos diferenciados para títulos y condiciones para desembolso posterior. ℹ️ **Inclusión en coeficientes**: Valores calificados para cajas rurales y cooperativas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Orden Ministerial de 28 de marzo de 1985. - **Tipo**: Reglamento (Orden Ministerial). - **Fecha**: 28 de marzo de 1985. - **Materias**: Emisión de títulos públicos, crédito agrícola, regulación financiera. - **Relevancia**: ALTA (regula un instrumento financiero clave en el contexto económico de la época). ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────