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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 29 de marzo de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.

BOE-A-1985-5140Publicada: 30/03/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 29 de marzo de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la import ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 29 de marzo de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales en España, fijando un precio de referencia para su adquisición y transporte. 2. **CONTEXTO** La norma surge en el marco de la regulación de mercados agrarios en la Unión Europea, donde los Estados miembros deben garantizar precios justos para productos estratégicos como los cereales. La Orden se emite en el contexto de la política agrícola común, con el objetivo de proteger a los productores y asegurar la estabilidad del mercado. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial 11/1985, de 29 de marzo, regula el derecho regulador para la importación de cereales, definido como el precio de referencia que el Estado fija para garantizar la equidad en la adquisición de estos productos. Según el artículo 1, el derecho regulador se aplica a los cereales en grano, incluyendo trigo, maíz, cebada y avena, y se calcula en función del costo de producción y transporte. El artículo 2 detalla que el precio se fija anualmente y se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para su aplicación en los contratos de importación. El artículo 3 establece que el derecho regulador se aplica a los importadores que adquieran cereales en el extranjero, siempre que estos productos se destinan a la producción de alimentos o a la exportación. Además, el artículo 4 menciona excepciones, como la importación de cereales para uso industrial o alimentación animal, que pueden estar exentas del régimen si se cumplen condiciones específicas. La Orden también incluye un procedimiento para la revisión del derecho regulador, según el artículo 5, que permite ajustar el precio en caso de cambios en los costos de producción o transporte. La norma se complementa con el artículo 6, que establece que el Ministerio de Agricultura y Alimentación será responsable de su aplicación y supervisión. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden fija un precio de referencia para la importación de cereales, garantizando la equidad en el mercado. Es un instrumento regulatorio clave en la política agrícola. Su aplicación se rige por un procedimiento específico y está sujeta a revisiones periódicas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho regulador**: Fija un precio de referencia para la importación de cereales, calculado en función del costo de producción y transporte. ⚠️ **Excepciones**: La norma no se aplica a cereales importados para uso industrial o alimentación animal, siempre que se cumplan condiciones específicas. 📋 **Procedimiento**: El Ministerio de Agricultura y Alimentación supervisa la aplicación y revisa el precio anualmente. ℹ️ **Contexto**: Surge en el marco de la política agrícola común de la UE, con el objetivo de proteger a los productores y garantizar la estabilidad del mercado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Orden Ministerial 11/1985, de 29 de marzo. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 29 de marzo de 1985. - **Materias**: Regulación de mercados agrarios, importación de cereales, política agrícola. - **Relevancia**: ALTA (es fundamental para el régimen de importación de cereales en España). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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