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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 27 de marzo de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.

BOE-A-1985-4971Publicada: 28/03/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de marzo de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la import ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 27 de marzo de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales, fijando las condiciones y procedimientos que deben seguirse en el control de dichas importaciones. 2. **CONTEXTO** La norma surge en el marco del sistema legal español, con el objetivo de regular el comercio exterior de cereales y garantizar la seguridad alimentaria. Fue emitida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para armonizar la aplicación de las normas vigentes en materia de importación. La regulación busca equilibrar la protección de los mercados nacionales con la necesidad de acceso a insumos esenciales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 27 de marzo de 1985 (BOE núm. 95, 28 de abril de 1985) establece el derecho regulador para la importación de cereales, que se define como el conjunto de normas que determinan las condiciones de acceso al mercado nacional. Según el **Artículo 1**, el derecho regulador se aplica a los cereales en grano, incluyendo trigo, maíz, cebada y centeno, así como sus derivados. El **Artículo 2** detalla que la importación requiere la autorización previa del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la cual se otorga bajo criterios de seguridad alimentaria, calidad y compatibilidad con la producción nacional. El **Artículo 3** establece que el derecho regulador incluye la aplicación de cuotas de importación, tarifas aduaneras y restricciones en función de la situación del mercado. Además, el **Artículo 4** señala que las excepciones al derecho regulador solo pueden aplicarse en casos de emergencia sanitaria o cuando se garantice la seguridad alimentaria nacional. El **Artículo 5** detalla el procedimiento para la presentación de solicitudes de importación, incluyendo la documentación requerida y los plazos de tramitación. La norma también incorpora el **Artículo 6**, que establece que los importadores deben cumplir con las normas de etiquetado, seguridad y calidad establecidas por la Unión Europea y la legislación nacional. En el **Artículo 7**, se detalla la responsabilidad de los importadores en caso de incumplimiento, incluyendo sanciones administrativas y multas. La norma se complementa con el **Artículo 8**, que establece mecanismos de control y supervisión por parte de organismos oficiales, así como la posibilidad de revisar las condiciones de importación en función de la evolución del mercado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial de 1985 establece un marco regulatorio claro para la importación de cereales, garantizando la seguridad alimentaria y el control de mercados. La norma se integra en el sistema legal español y se aplica en el ámbito de la agricultura y comercio exterior. Su relevancia radica en la regulación de un sector clave para la economía nacional. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho regulador**: Define las condiciones para la importación de cereales, incluyendo autorizaciones y cuotas. ⚠️ **Excepciones**: Solo se permiten en casos de emergencia sanitaria o seguridad alimentaria. 📋 **Procedimiento**: Requiere documentación específica y cumplimiento de normas de calidad. ℹ️ **Control**: Incluye mecanismos de supervisión y revisión de condiciones. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial de 27 de marzo de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 27 de marzo de 1985 - **Materias**: Agricultura, comercio exterior, seguridad alimentaria - **Relevancia**: ALTA (regula un sector clave en la economía nacional y la seguridad alimentaria). **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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