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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 18 de abril de 1985 para el desarrollo del Acuerdo del Consejo de Ministros para el control y seguimiento del nivel de empleo público.

BOE-A-1985-7656Publicada: 01/05/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 18 de abril de 1985 para el desarrollo del Acuerdo del Consejo de Minis ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 18 de abril de 1985 establece un nuevo procedimiento para el control y seguimiento del nivel de empleo público, reemplazando la normativa anterior y estableciendo obligaciones de recolección y remisión de datos por parte de entidades públicas. **2. CONTEXTO** El Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de marzo de 1985 determinó la necesidad de reformar el procedimiento vigente para el control del personal al servicio del Estado. Dicha reforma busca mejorar la información sobre la evolución del empleo público, diseñando un sistema de recolección de datos y fichas específicas. La Orden de 1985 se emite para implementar este nuevo marco regulatorio. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 18 de abril de 1985 regula el control y seguimiento del nivel de empleo público mediante un sistema de recolección de datos. Su ámbito de aplicación (art. 1) abarca organismos estatales, instituciones incluidas en la Ley de Presupuestos, organismos autónomos y sociedades estatales. Los datos deben ser remitidos mensualmente por los órganos habilitados (art. 2), excepto las sociedades estatales, que lo hacen trimestralmente (art. 3). Los órganos públicos deben cumplimentar anualmente la ficha de datos incluida en el Anexo I, que se remite a la fiscalización. Los interventores competentes supervisan la cumplimentación, suspendiendo temporalmente la fiscalización en caso de incumplimiento. Las sociedades estatales remiten datos trimestrales al Ministerio de Hacienda, que los procesa para generar cuadros resumidos mensuales. La Orden deroga la Orden de 18 de abril de 1984 (Disposición Derogatoria), que se sustituye por esta nueva norma. La vigencia comienza al día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE), con la primera información correspondiente al mes de mayo de 1985 o al primer trimestre natural del año para las sociedades estatales. La norma establece plazos claros: los órganos públicos deben remitir datos mensuales antes del 15 de cada mes, mientras que las sociedades estatales lo hacen antes del 15 de los meses siguientes al final del trimestre. El Ministerio de Hacienda se encarga de procesar los datos y generar informes. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1985 reemplaza la normativa anterior para mejorar el control del empleo público, estableciendo obligaciones claras de recolección y remisión de datos. Su implementación busca una gestión más eficiente y actualizada del personal estatal. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Nueva metodología**: Introduce un sistema de recolección de datos mensual y trimestral para entidades públicas. ⚠️ **Derogación de norma anterior**: Reemplaza la Orden de 1984, eliminando procedimientos obsoletos. 📋 **Plazos claros**: Establece fechas específicas para la remisión de información (15 de cada mes/trimestre). ℹ️ **Responsabilidad de entidades**: Los órganos públicos y sociedades estatales deben cumplir con obligaciones de supervisión y remisión. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: *Boletín Oficial del Estado* (BOE), 18 de abril de 1985. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 18 de abril de 1985. - **Materias**: Control de empleo público, gestión administrativa, estadísticas laborales. - **Relevancia**: ALTA (regula un procedimiento clave para la administración pública). **Palabras clave**: empleo público, control administrativo, recolección de datos, Orden Ministerial, derogación. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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