Ley 10/1985, de 26 de abril, de modificación parcial de la Ley General Tributaria.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Ley 10/1985, de 26 de abril, de modificación parcial de la Ley General Tributari ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 10/1985 modifica parcialmente la Ley General Tributaria, introduciendo cambios en las normas de responsabilidad tributaria de personas físicas y jurídicas, así como en la determinación de bases imponibles y deducciones. **2. CONTEXTO** La Ley General Tributaria de 1963 establecía un marco regulatorio para la tributación en España, pero necesitaba actualizaciones para adaptarse a nuevas realidades económicas y fiscales. La Ley 10/1985 fue aprobada en 1985 con el objetivo de mejorar la responsabilidad tributaria y la transparencia en la determinación de obligaciones fiscales. Esta norma fue promulgada durante el mandato del Rey Juan Carlos I y firmada por el Presidente del Gobierno, Felipe González Márquez. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 10/1985, de 26 de abril de 1985, modifica parcialmente la Ley General Tributaria de 28 de diciembre de 1963, introduciendo importantes cambios en los artículos 38, 39, 40.1 y 45.2. Estas modificaciones afectan directamente a la responsabilidad tributaria de personas físicas y jurídicas, así como a la determinación de bases imponibles y deducciones. En el artículo 38, se establece que las personas que causan o colaboran en una infracción tributaria responderán solidariamente de las obligaciones tributarias. Además, en el caso de declaraciones consolidadas, todas las sociedades integrantes del grupo serán responsables solidarias de las infracciones cometidas en este régimen. Esto refuerza la responsabilidad de las entidades que participan en actividades fiscales conjuntas. El artículo 39 establece que los copartícipes o cotitulares de entidades jurídicas o económicas responderán solidariamente, en proporción a sus participaciones, de las obligaciones tributarias de dichas entidades. Esto permite una responsabilidad más precisa y proporcional, en función de la participación de cada socio o accionista. El artículo 40.1 introduce una responsabilidad subsidiaria para los administradores de personas jurídicas que no cumplan con sus obligaciones tributarias. Los administradores que no realicen los actos necesarios, consientan el incumplimiento o adopten acuerdos que faciliten infracciones, serán responsables subsidiariamente de las infracciones simples y de la totalidad de la deuda en el caso de infracciones graves. Además, los administradores de personas jurídicas que hayan cesado en sus actividades también serán responsables subsidiariamente de las obligaciones tributarias pendientes. Esta norma busca castigar a los responsables directos de las infracciones, incluso cuando no hayan actuado directamente. En cuanto al artículo 45.2, se establece que, para la determinación de bases o cuotas tributarias, tanto los gastos necesarios para la obtención de ingresos como las deducciones practicadas requerirán su justificación mediante facturas. Esto refuerza la obligación de documentación y transparencia en la declaración de la renta y otros tributos. También se incluyen disposiciones transitorias y derogatorias. La disposición transitoria establece que, hasta que se dicten disposiciones reglamentarias, se aplicará la normativa vigente. La Administración podrá exigir intereses y responsabilidades derivados de la legislación derogada. La disposición derogatoria establece que se derogarán las disposiciones que se opongan a la nueva normativa, salvo las que regulan infracciones y sanciones específicas de cada tributo. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 10/1985 introduce importantes modificaciones en la responsabilidad tributaria y en la determinación de bases imponibles. Refuerza la responsabilidad de las personas físicas y jurídicas, mejora la transparencia en la declaración fiscal y establece un marco más claro para la aplicación de sanciones. Estas modificaciones son relevantes para la administración tributaria y para los contribuyentes. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Responsabilidad solidaria**: Se establece que quienes causan o colaboran en infracciones tributarias responderán solidariamente. ⚠️ **Responsabilidad subsidiaria**: Los administradores de personas jurídicas que no cumplen con sus obligaciones tributarias serán responsables subsidiariamente. 📋 **Justificación mediante facturas**: Los gastos y deducciones deben justificarse con facturas. ℹ️ **Disposiciones transitorias y derogatorias**: Se establecen normas para la aplicación gradual y la derogación de disposiciones anteriores. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 10/1985 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 26 de abril de 1985 - **Materias**: Tributación, responsabilidad fiscal, bases imponibles, deducciones - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────