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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 18 de abril de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.

BOE-A-1985-6292Publicada: 19/04/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 18 de abril de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la import ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 18 de abril de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales en el territorio nacional. 2. **CONTEXTO** La Orden fue emitida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación con el objetivo de regular el flujo de cereales importados. Durante la época, existía una necesidad de controlar la entrada de cereales para garantizar la seguridad alimentaria y el equilibrio del mercado. Esta norma se enmarca en un marco regulatorio más amplio que buscaba garantizar la estabilidad económica y la protección de los productores nacionales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 18 de abril de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales, con el fin de garantizar la seguridad alimentaria y el equilibrio del mercado. En su artículo 1, se define el alcance de la norma, estableciendo que se aplica a todos los cereales importados en el territorio nacional, independientemente de su origen. El artículo 2 detalla las condiciones para la importación, incluyendo la presentación de documentación oficial y la aprobación previa por parte de la autoridad competente. En el artículo 3, se establece el procedimiento de importación, que incluye la notificación previa al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la presentación de la documentación requerida y la verificación de la conformidad con los requisitos sanitarios y fitosanitarios. El artículo 4 establece las excepciones a la aplicación de la norma, tales como la importación para uso industrial o la importación de cereales en cantidades limitadas para consumo personal. Además, el artículo 5 establece las sanciones por incumplimiento de los requisitos establecidos, incluyendo multas y la prohibición de importación en casos graves. El artículo 6 establece la vigencia de la norma, que se extiende hasta que sea derogada o modificada por una norma posterior. La norma también establece que la autoridad competente será el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que tendrá la responsabilidad de velar por el cumplimiento de los requisitos establecidos. En el artículo 7, se establece que la norma se publicará en el Boletín Oficial del Estado, con efecto a partir de su publicación. Esta norma se complementa con otras disposiciones vigentes, como el Reglamento de Importación de Alimentos, que establece requisitos adicionales para la entrada de productos alimenticios en el territorio nacional. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 18 de abril de 1985 establece un marco regulatorio para la importación de cereales, con el objetivo de garantizar la seguridad alimentaria y el equilibrio del mercado. La norma establece requisitos formales, procedimientos y sanciones en caso de incumplimiento. Es una norma de carácter general y de aplicación obligatoria. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece el derecho regulador para la importación de cereales** ⚠️ **Requiere documentación oficial y aprobación previa** 📋 **Establece sanciones por incumplimiento** ℹ️ **Vigente desde su publicación en el BOE** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 18 de abril de 1985 - **Materias**: Importación, seguridad alimentaria, control de mercados - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: importación, cereales, seguridad alimentaria, control de mercados, sanciones, normativa agrícola ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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