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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 7 de mayo de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.

BOE-A-1985-8248Publicada: 08/05/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 7 de mayo de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importac ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 7 de mayo de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales en el ámbito nacional. 2. **CONTEXTO** La Orden fue emitida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación con el objetivo de regular el flujo de cereales importados en el territorio nacional. Durante la época, existía una necesidad de controlar el mercado de cereales para garantizar su disponibilidad y precio estable. La norma se enmarca en el marco regulatorio de la época, que buscaba equilibrar la producción nacional con la importación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 7 de mayo de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales, con el fin de garantizar la estabilidad del mercado y la seguridad alimentaria. El texto establece que el derecho regulador se fija en base a la producción nacional, la demanda interna y las condiciones del mercado internacional. Según el artículo 1, se define que el derecho regulador es el volumen máximo de cereales que puede importarse en un periodo determinado, con el fin de evitar un exceso de oferta que afecte los precios. El artículo 2 detalla que el derecho regulador se calcula en función de la producción nacional de cereales, la demanda interna y la situación de los mercados internacionales. Se establece que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación será el encargado de determinar el volumen del derecho regulador, basándose en estudios técnicos y económicos. En el artículo 3, se establece que el derecho regulador se aplicará a todos los cereales importados, salvo aquellos que se consideren de interés estratégico o de emergencia. Además, se establece que el Ministerio podrá modificar el derecho regulador en caso de emergencias o cambios significativos en la situación del mercado. El artículo 4 establece que el derecho regulador se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que su cumplimiento será supervisado por las autoridades competentes. Se establece que cualquier importador que exceda el derecho regulador deberá pagar una multa proporcional al volumen excedente. La norma también establece que el derecho regulador no se aplicará a los cereales importados para uso industrial o alimentación animal, salvo que se determine lo contrario en un acuerdo específico. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1985 establece un marco regulatorio para la importación de cereales en España. Establece un derecho regulador que se calcula en función de la producción nacional y la demanda interna. La norma se publicó en el BOE y establece sanciones para su incumplimiento. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho regulador**: Establece el volumen máximo de cereales que puede importarse. ⚠️ **Supervisión**: El Ministerio de Agricultura supervisa el cumplimiento. 📋 **Publicación**: La norma se publica en el BOE. ℹ️ **Excepciones**: No se aplica a cereales para uso industrial o alimentación animal. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 7 de mayo de 1985 - **Materias**: Agricultura, comercio exterior, regulación de mercados - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: derecho regulador, importación, cereales, Ministerio de Agricultura, Boletín Oficial del Estado **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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