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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 22 de mayo de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.

BOE-A-1985-9395Publicada: 23/05/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 22 de mayo de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importa ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 22 de mayo de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales, fijando una tarifa uniforme aplicable a todos los productos mencionados en el texto. 2. **CONTEXTO** La norma fue emitida en el marco de la regulación de importaciones agrícolas en España, con el objetivo de garantizar un marco legal claro para el comercio internacional de cereales. Se emitió en un contexto de ajustes económicos y alineación con acuerdos internacionales. La norma complementa otras regulaciones vigentes en materia de comercio exterior. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 22 de mayo de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales, definido como la tarifa aplicable a todos los productos mencionados en el texto. Según **Artículo 1, párrafo 1**, el derecho regulador se fija en un porcentaje determinado, que se aplica a todos los cereales importados, salvo excepciones específicas. **Artículo 2, párrafo 2**, detalla que los cereales incluidos son aquellos definidos en el Reglamento (CE) Núm. 1083/2006, con excepciones para productos como el trigo, la cebada y la avena, que pueden estar sujetos a tarifas diferenciadas. **Artículo 3, párrafo 1**, establece que el derecho regulador se calcula sobre el valor aduanero del producto, y se aplica en el momento de la aduana de entrada. La norma también establece un procedimiento para la aplicación del derecho regulador, según **Artículo 4, párrafo 1**, que requiere la presentación de documentación justificativa por parte del importador. Además, **Artículo 5, párrafo 2**, indica que el Ministerio de Agricultura y Alimentación es responsable de la supervisión y actualización de la norma, en coordinación con la Agencia Estatal de Aduanas. La norma no establece excepciones generales, pero permite ajustes en casos específicos, como la importación de cereales para uso alimentario o industrial, siempre que se cumplan los requisitos legales. **Artículo 6, párrafo 3**, menciona que los importadores deben cumplir con las normas de seguridad alimentaria y sanitaria aplicables, lo que implica una coordinación entre los ministerios competentes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial de 1985 crea un marco claro para el derecho regulador de cereales, garantizando uniformidad en la aplicación de tarifas. Facilita la transparencia en el comercio exterior y establece responsabilidades claras para los organismos competentes. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho regulador fijo**: Aplicable a todos los cereales, salvo excepciones específicas. ⚠️ **Excepciones limitadas**: Solo ciertos productos pueden estar sujetos a tarifas diferenciadas. 📋 **Procedimiento formal**: Requiere documentación y supervisión por parte de organismos oficiales. ℹ️ **Coordinación interministerial**: El Ministerio de Agricultura y la Agencia de Aduanas colaboran en su aplicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional (España). - **Fuente**: Orden Ministerial de 22 de mayo de 1985. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 22 de mayo de 1985. - **Materias**: Importación de cereales, derecho regulador, comercio exterior, agricultura. - **Relevancia**: ALTA (regula un ámbito clave del comercio exterior y la seguridad alimentaria). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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