Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 17 de mayo de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.

BOE-A-1985-8997Publicada: 18/05/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 17 de mayo de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importa ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden de 17 de mayo de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales, fijando un precio de referencia y condiciones de aplicación para garantizar la estabilidad del mercado y proteger a los productores nacionales. 2. **CONTEXTO** Este orden fue emitido durante un periodo de crisis económica en España, con el objetivo de controlar la entrada de cereales en el mercado nacional y evitar distorsiones en la producción agrícola. La norma se inscribe en el marco de la regulación de comercio exterior y busca equilibrar intereses entre productores, importadores y consumidores. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 17 de mayo de 1985, publicado en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) número 123, establece un régimen de control sobre la importación de cereales mediante el establecimiento de un **derecho regulador** (artículo 1). Este derecho se aplica a los cereales en grano, incluyendo trigo, maíz, cebada y avena, y se fija un **precio de referencia** (artículo 2) que actúa como límite para las operaciones de importación. El precio se calcula en base a costos de producción, transporte y margen de beneficio, y se actualiza anualmente. El artículo 3 detalla las condiciones de aplicación del derecho regulador, incluyendo la obligatoriedad de cumplir con el precio de referencia y la necesidad de autorización previa del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Además, se establece un procedimiento administrativo para la tramitación de solicitudes de importación (artículo 4), que implica la presentación de documentación técnica y la aprobación por parte de la autoridad competente. La norma se fundamenta en la **Ley de Comercio Exterior** (artículo 12), que otorga al Estado la facultad de regular mercancías estratégicas, y en el **Reglamento de Importación de Cereales** (artículo 5), que detalla los criterios de selección de productos. El derecho regulador se aplica exclusivamente a cereales en grano, excluyendo productos procesados o envasados, y se complementa con medidas de control de calidad y fiscalización por parte de organismos oficiales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden establece un marco regulatorio para la importación de cereales, con un precio de referencia y condiciones de aplicación. Su objetivo es garantizar la estabilidad del mercado y proteger a los productores nacionales. La norma se aplica mediante un procedimiento administrativo y se fundamenta en leyes vigentes. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Precio de referencia**: Fija un límite para la importación de cereales, calculado en base a costos y margen de beneficio. ⚠️ **Procedimiento administrativo**: Requiere autorización previa del Ministerio de Agricultura. 📋 **Marco legal**: Se basa en la Ley de Comercio Exterior y el Reglamento de Importación de Cereales. ℹ️ **Objetivo**: Proteger a los productores nacionales y evitar distorsiones en el mercado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: *Boletín Oficial del Estado* (BOE) número 123, 17 de mayo de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 17 de mayo de 1985 - **Materias**: Comercio exterior, agricultura, regulación de mercancías - **Relevancia**: ALTA (por su impacto en la producción agrícola y el control de mercados). **Palabras clave**: derecho regulador, cereales, importación, precio de referencia, comercio exterior. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →