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ResoluciónNacionalvigente

Entrada en vigor del Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno del Reino de Marruecos relativo al transporte internacional por carretera de viajeros y mercancías y su Protocolo de aplicación, hecho "ad referéndum" en Rabat el 3 de octubre de 2012.

BOE-A-2015-10302Publicada: 25/09/2015MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es un Acuerdo firmado entre España y Marruecos el 3 de octubre de 2012 que regula el transporte internacional de pasajeros y mercancías por carretera entre los dos países. El Acuerdo incluye un Protocolo que detalla cómo se aplicará. **¿A quién afecta?** Afecta a empresas de transporte, transportistas y ciudadanos que realizan viajes o envíos de mercancías por carretera entre España y Marruecos. También afecta a las autoridades de ambos países responsables de autorizar y controlar este tipo de transporte. **¿Qué cambia o establece?** El Acuerdo entró en vigor el 10 de septiembre de 2015, cuando ambos países completaron los trámites internos requeridos. A partir de esa fecha, el transporte internacional por carretera entre España y Marruecos se rige por las normas y condiciones establecidas en este Acuerdo y su Protocolo, en lugar de acuerdos anteriores.

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Acuerdo, el transporte internacional por carretera entre España y Marruecos se regía por acuerdos puntuales y regulaciones bilaterales fragmentadas que dificultaban la fluidez del comercio. Este instrumento se alinea parcialmente con el marco europeo de transporte—donde la UE ha armonizado normas mediante Directivas sobre transportistas profesionales y seguridad vial—pero adapta esas exigencias a la realidad de un socio extracomunitario fronterizo sin aplicar la libre prestación de servicios schengen. España y Marruecos ratificaron el Acuerdo entrado en vigor en 2015, mientras que la normativa interna de cada CCAA española debe subsumirse a estas disposiciones bilaterales. Para el ciudadano y las empresas transportistas, importa porque sustituye permisos fragmentados por un marco único que reduce costes administrativos, agiliza controles aduaneros y consolida la seguridad jurídica en una ruta comercial crítica para el Mediterráneo occidental; para el comercio bilateral agroalimentario, logístico y de personas, representa la piedra angular de la conectividad terrestre España-Marruecos.

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