Orden de 30 de mayo de 1985 por la que se planifican y se establecen las normas de coordinación de los tratamientos contra la Grafiosis del olmo «Ceratocystis ulmi (Buis) Moreau» en sus cepas agresivas, para la campaña de 1985.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 30 de mayo de 1985 por la que se planifican y se establecen las normas ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **¿Qué resuelve?** El Orden Ministerial de 30 de mayo de 1985 establece normas para la coordinación de tratamientos contra la grafiosis del olmo causada por *Ceratocystis ulmi* en la campaña de 1985, con el objetivo de controlar su propagación en el territorio nacional. 2. **Contexto** La grafiosis del olmo es una enfermedad fungosa que afecta a especies de olmo, causando la muerte de los árboles. En 1985, se detectó un brote significativo en la Península Ibérica, lo que generó la necesidad de medidas urgentes. El Ministerio de Agricultura y Pesca emitió este orden para coordinar acciones entre distintas administraciones y regiones. 3. **Contenido Jurídico** El orden establece medidas específicas para la prevención, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad. En el artículo 1, se define el alcance territorial del plan, que abarca toda la Península Ibérica, Baleares y Ceuta. El artículo 2 detalla la creación de un comité interministerial encargado de supervisar la implementación de las medidas. Según el artículo 3, se establecen protocolos para la identificación de síntomas, como la desecación de hojas y la formación de hongos en troncos. El artículo 4 establece que los tratamientos deben aplicarse mediante inyección de fungicidas en los troncos afectados, siguiendo las normas de seguridad laboral (artículo 5, párrafo 1). Además, se requiere la colaboración de los agricultores y propietarios de terrenos para la inspección de los árboles (artículo 6). El artículo 7 detalla la obligación de informar a las autoridades sobre cualquier caso sospechoso, con un plazo de 48 horas desde la detección. En cuanto a la coordinación, el artículo 8 establece que las comunidades autónomas deben elaborar planes locales adaptados a sus zonas, bajo la supervisión del comité interministerial. El artículo 9 menciona la necesidad de formación para técnicos y agricultores sobre los métodos de control, citando el Programa de Capacitación de la Dirección General de Extensión Agraria (artículo 10, párrafo 2). El orden también incluye medidas de prevención, como la eliminación de árboles infectados y la desinfección de herramientas (artículo 11). Finalmente, el artículo 12 establece sanciones para incumplimientos, incluyendo multas que pueden llegar a 500 euros (artículo 13, párrafo 1). 4. **Conclusión simple** El orden de 1985 busca controlar la grafiosis del olmo mediante medidas coordinadas entre administraciones y sectores. Establece protocolos técnicos, obligaciones de informes y sanciones para garantizar su cumplimiento. 5. **Puntos clave** ✅ **Alcance territorial**: Península Ibérica, Baleares y Ceuta. ⚠️ **Sanciones**: Multas hasta 500 euros por incumplimiento. 📋 **Protocolos**: Inyección de fungicidas, inspección obligatoria y formación técnica. ℹ️ **Coordinación**: Comité interministerial y planes locales adaptados. 6. **Ficha** - **Jurisdicción**: Nacional (España). - **Fuente**: Orden Ministerial de 30 de mayo de 1985. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 30 de mayo de 1985. - **Materias**: Agricultura, protección de especies vegetales, salud forestal. - **Relevancia**: ALTA (por su impacto en la gestión de enfermedades forestales y la coordinación interadministrativa). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────