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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 31 de mayo de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.

BOE-A-1985-9988Publicada: 01/06/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 31 de mayo de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importa ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 31 de mayo de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales, definiendo las condiciones y requisitos que deben cumplir los productos para su entrada en el territorio nacional. 2. **CONTEXTO** Este orden fue emitido en el marco de la regulación de mercancías agrícolas, con el objetivo de garantizar el control estatal sobre la importación de cereales, un producto estratégico para la seguridad alimentaria. La norma se inscribe en el sistema legal agrario de la época, priorizando la protección del mercado interno y la planificación económica. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El orden ministerial de 31 de mayo de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales, un instrumento que permite al Estado ejercer control sobre el flujo de mercancías en el mercado nacional. Según el artículo 1, el derecho regulador se aplica a los cereales en grano, incluyendo trigo, maíz, arroz y cebada, y se rige por las normas vigentes en materia de comercio exterior. El artículo 2 detalla que la importación de cereales requiere la autorización previa del Ministerio de Agricultura, que evaluará factores como la disponibilidad del producto en el mercado interno, el impacto en los precios y la compatibilidad con la política agrícola nacional. Además, se establece que los importadores deben cumplir con requisitos sanitarios, fitosanitarios y de calidad, según lo dispuesto en el Reglamento de Importación de Mercancías Agrícolas (artículo 3). El artículo 4 establece que el derecho regulador puede ser modificado en caso de emergencias económicas o crisis de abastecimiento, siempre que se publique en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo, se establece que los importadores deben presentar documentación completa, incluyendo certificados de origen y comprobantes de pago, según el artículo 5. La norma también incluye disposiciones sobre el régimen de precios, que determina que los cereales importados no podrán venderse por debajo del precio de referencia fijado por el Estado, según el artículo 6. Esta medida busca evitar la distorsión del mercado y proteger a los productores locales. En cuanto a la tramitación, el artículo 7 establece que los trámites de importación deberán realizarse en el Ministerio de Agricultura, que actuará como órgano competente. Además, se establece que los importadores deben cumplir con los plazos de entrega y las normas de almacenamiento, según el artículo 8. El orden ministerial también establece sanciones por incumplimiento, como multas o la suspensión de permisos, según el artículo 9. Estas medidas refuerzan la aplicación del derecho regulador y garantizan el cumplimiento de las normas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece un marco legal para la importación de cereales, con requisitos claros y mecanismos de control. Su aplicación busca equilibrar el acceso al mercado con la protección de los productores nacionales. La norma se complementa con otros instrumentos legales vigentes en la época. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho regulador**: Define el marco legal para la importación de cereales, con condiciones específicas. ⚠️ **Control estatal**: El Estado ejerce un control directo sobre el flujo de mercancías estratégicas. 📋 **Documentación obligatoria**: Los importadores deben presentar certificados y comprobantes. ℹ️ **Sanciones**: Se establecen multas y suspensiones por incumplimiento. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Ministerio de Agricultura (España). - **Fuente**: Orden Ministerial de 31 de mayo de 1985. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 31 de mayo de 1985. - **Materias**: Importación de cereales, control estatal, comercio exterior, seguridad alimentaria. - **Relevancia**: ALTA (por su impacto en la regulación de mercancías estratégicas y su vinculación con políticas agrícolas). Palabras: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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