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ResoluciónNacionalvigente

Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Consejo de Ministros de la República de Albania para el intercambio y protección recíproca de información clasificada, hecho en Tirana el 17 de febrero de 2015.

BOE-A-2015-10231Publicada: 24/09/2015MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Un acuerdo entre España y Albania que establece las normas para intercambiar y proteger información clasificada (secreta, reservada o confidencial) entre ambos gobiernos. Define procedimientos de seguridad comunes y requisitos para que la información sensible se mantenga protegida cuando se comparte entre las autoridades de ambos países. **¿A quién afecta?** Afecta a las autoridades competentes de España y Albania designadas para aplicar el acuerdo, así como a cualquier entidad pública o privada (contratistas) que reciba información clasificada de la otra Parte. También afecta a las personas que accedan a esta información, quienes deben tener autorización y habilitación de seguridad aprobada. **¿Qué cambia o establece?** Establece que la información clasificada recibida de la otra Parte recibe el mismo nivel de protección que la propia información de grado equivalente. Prohíbe bajar el nivel de secreto o desclasificar sin consentimiento previo por escrito. Define quién puede acceder (solo quienes tengan necesidad verificada de conocer la información). Prohíbe compartir la información con terceros países sin autorización previa escrita. Fija equivalencias entre los niveles de clasificación de cada país (Secreto español = Tepёr Sekret albanés, Reservado = Sekret, Confidencial = Konfidencial, Difusión Limitada = I Kufizuar).

💬 Contexto ciudadano

Este acuerdo bilateral responde a la necesidad de establecer marcos específicos para el intercambio seguro de información clasificada entre gobiernos, ante la ausencia de protocolos bilaterales detallados previos entre España y Albania. Mientras la Unión Europea cuenta con directivas que regulan información clasificada en contextos de defensa y seguridad, y España posee legislación nacional sobre secretos de Estado, los tratados bilaterales especifican procedimientos operativos concretos. El acuerdo ha sido aprobado por ambos gobiernos mediante canales diplomáticos formales. Para la ciudadanía, esto implica que los intercambios de información sensible entre autoridades españolas y albanesas gozan de garantías contractuales de confidencialidad, relevante especialmente en materia de defensa y seguridad que afecten a derechos fundamentales.

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