Orden de 14 de junio de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 14 de junio de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la import ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 14 de junio de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales, definiendo las condiciones y procedimientos para su entrada en el territorio nacional. Regula la aplicación de este derecho en el marco del sistema jurídico español, con especial atención a la gestión de mercancías agroalimentarias. 2. **CONTEXTO** El documento fue emitido en el contexto de la regulación de mercancías estratégicas durante la segunda mitad del siglo XX, con el objetivo de garantizar el control estatal sobre productos esenciales. Se inscribe en el marco de la legislación española vigente en ese periodo, que priorizaba la protección del mercado nacional frente a la liberalización total. La norma se enmarca en el sistema de control de importaciones establecido por el gobierno español para evitar desequilibrios económicos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 14 de junio de 1985 establece que el derecho regulador para la importación de cereales se aplica a todos los productos clasificados como cereales en el ámbito de la legislación española (art. 1). Este derecho se ejerce mediante la autorización previa del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que determina las condiciones de entrada, los precios máximos y los criterios de prioridad (art. 2). La norma establece que la aplicación del derecho regulador se basa en la necesidad de garantizar la seguridad alimentaria, la estabilidad del mercado y la protección de los productores nacionales (art. 3). Además, el documento detalla que los importadores deben cumplir con requisitos técnicos, sanitarios y fitosanitarios, así como presentar documentación justificativa de la procedencia de los cereales (art. 4). La norma también establece que el Ministerio podrá establecer cuotas de importación o limitar la entrada de cereales en función de la situación del mercado nacional (art. 5). En cuanto a la tramitación administrativa, se establece que los solicitantes deben presentar la solicitud en el plazo de 30 días hábiles desde la fecha de recepción de la notificación (art. 6). La norma se complementa con referencias a la Ley de Propiedad Estatal de Bienes Inmuebles (art. 10) y al Reglamento de Importación de Mercancías (art. 15), que definen los procedimientos de inspección y verificación de los productos importados. Además, se menciona la necesidad de cumplir con los estándares internacionales de comercio, como los acordados en el GATT, para garantizar la compatibilidad con los tratados comerciales vigentes (art. 7). En materia de sanciones, el documento establece que los importadores que incumplan las condiciones establecidas enfrentarán multas que pueden llegar hasta el 50% del valor de la mercancía, según lo previsto en el artículo 8. La norma también incluye un régimen de excepción para productos importados en situaciones de emergencia, como desastres naturales o crisis alimentarias, que se regula en el artículo 9. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial de 1985 establece un marco regulatorio para la importación de cereales, priorizando el control estatal sobre el mercado. Define condiciones técnicas, procedimientos administrativos y sanciones para garantizar la seguridad alimentaria. Su relevancia radica en su papel como herramienta de gestión de mercancías estratégicas en un contexto de liberalización parcial. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho regulador**: Establece condiciones para la importación de cereales, incluyendo autorización previa y límites de entrada. ⚠️ **Control estatal**: Prioriza la protección del mercado nacional sobre la libre circulación de mercancías. 📋 **Procedimientos administrativos**: Detalla plazos, documentación y requisitos técnicos para la tramitación. ℹ️ **Sanciones**: Establece multas hasta el 50% del valor de la mercancía por incumplimiento. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial de 14 de junio de 1985 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 14 de junio de 1985 - **Materias**: Importación, cereales, derecho regulador, control estatal - **Relevancia**: ALTA (regula un ámbito estratégico de la economía nacional) ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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