Orden de 27 de junio de 1985 sobre fijación del derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de junio de 1985 sobre fijación del derecho compensatorio variable p ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 27 de junio de 1985 establece el derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos al régimen de importación regulada. 2. **CONTEXTO** Esta norma fue emitida en el marco del régimen de importación regulada vigente en España, con el objetivo de regular el derecho compensatorio que se aplicaba a los productos importados. El régimen buscaba equilibrar la carga tributaria entre los productos importados y los nacionales, evitando desequilibrios en el mercado interno. La norma se enmarca en el sistema fiscal aplicable a la importación de bienes, con especial relevancia en el ámbito de la Administración Tributaria. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 27 de junio de 1985 establece que el derecho compensatorio variable se aplicará a los productos importados que estén sometidos al régimen de importación regulada. Este derecho se calcula en función del valor aduanero del producto importado y se determina mediante una fórmula específica que establece una relación entre el valor aduanero y el derecho compensatorio. Según el artículo 1 de la Orden, el derecho compensatorio variable se calcula como un porcentaje del valor aduanero del producto importado, con una base fija que se actualiza periódicamente. El artículo 2 detalla que el porcentaje aplicable se determina en función del tipo de producto y su clasificación arancelaria. Asimismo, se establece que el derecho compensatorio variable se aplicará únicamente a los productos que estén sometidos al régimen de importación regulada, excluyéndose los productos que estén sujeto a otros regímenes especiales o que estén exentos de derechos aduaneros. En el artículo 3, se establece que el derecho compensatorio variable se calculará aplicando el porcentaje correspondiente al valor aduanero del producto importado, y que este cálculo se realizará en la oficina de aduana correspondiente. Además, se establece que el derecho compensatorio variable se pagará en la misma forma que el resto de derechos aduaneros, y que su recaudación será gestionada por la Administración Tributaria. El artículo 4 establece que la norma entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y que se aplicará a los productos importados a partir de esa fecha. Además, se establece que la norma no derogará las normas anteriores que regulen el derecho compensatorio, sino que las complementará y actualizará en la medida en que sea necesario. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1985 establece un régimen de derecho compensatorio variable para productos importados, basado en el valor aduanero y en porcentajes específicos. La norma se aplica a productos sometidos al régimen de importación regulada y entra en vigor al ser publicada. Es una norma de aplicación general en el ámbito aduanero. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho compensatorio variable**: Se calcula en función del valor aduanero del producto importado. ⚠️ **Aplicación restringida**: Solo a productos sometidos al régimen de importación regulada. 📋 **Cálculo específico**: Se aplica un porcentaje según el tipo de producto y su clasificación arancelaria. ℹ️ **Vigencia**: Entró en vigor al ser publicada en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 27 de junio de 1985 - **Materias**: Aduanas, derecho compensatorio, importación - **Relevancia**: ALTA Palabras: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────