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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1004/1985, de 19 de junio, por el que se autoriza al Instituto Nacional de Industria para emitir 40.000.000.000 de pesetas nominales en «Obligaciones Instituto Nacional de Industria, emisión 1985».

BOE-A-1985-12308Publicada: 27/06/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1004/1985, de 19 de junio, por el que se autoriza al Instituto Naci ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1004/1985 autoriza al Instituto Nacional de Industria a emitir 40.000.000.000 de pesetas en obligaciones garantizadas por el Estado, con características y condiciones específicas. **2. CONTEXTO** El Real Decreto fue aprobado en 1985 con el objetivo de atender las necesidades financieras del Instituto Nacional de Industria no cubiertas por aportaciones del Estado o su autofinanciación. La emisión se realizó en el marco de la Ley General Presupuestaria y la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1985. El texto se fundamenta en la autorización legal previa de la Ley 11/1977 y en la normativa específica del Instituto Nacional de Industria. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1004/1985, de 19 de junio, autoriza al Instituto Nacional de Industria a emitir obligaciones denominadas "Obligaciones Instituto Nacional de Industria, emisión 1985" por un importe total de 40.000.000.000 de pesetas nominales. La emisión se realiza con el aval del Estado, según lo previsto en los artículos 48, número 2, apartado a), y 49, número 1, apartado 4, de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1985. La autorización se fundamenta en la Ley 11/1977, de 4 de enero, General Presupuestaria, en su artículo 102, número 4, que permite a los organismos autónomos del Estado emitir deuda pública dentro de los límites establecidos por las leyes de presupuestos. Además, la Ley Fundacional del Instituto Nacional de Industria, actualizada, autoriza a este organismo a emitir obligaciones garantizadas por el Estado. El Real Decreto establece que las obligaciones tendrán un vencimiento el 30 de enero y el 30 de julio de cada año. El primer cupón correspondiente a los suscriptores ascenderá al interés devengado desde el último día del mes en que se ingrese el importe del título suscrito hasta el vencimiento inmediato siguiente. El Estado garantiza el interés y la amortización de las obligaciones, según lo previsto en el artículo 4. El Ministerio de Economía y Hacienda documenta dicha garantía mediante el otorgamiento del correspondiente aval del Tesoro. El Instituto Nacional de Industria deberá abonar al Tesoro la comisión de garantía en cuantía del medio por ciento anual, en la forma que determine el Ministerio de Economía y Hacienda. Las obligaciones emitidas son aptas para la cobertura de los coeficientes de inversión obligatoria de las entidades que realicen operaciones de crédito y seguro, como cajas de ahorros, organismos de la seguridad social, compañías de seguros y de ahorro y capitalización. También son aptas para la materialización de las reservas matemáticas y de riesgos en curso. Dichas obligaciones son admitidas de oficio a la cotización oficial, gozan de las ventajas establecidas en el artículo 46 del Reglamento de las Bolsas Oficiales de Comercio y son aceptadas como depósito de fianza por las Administraciones Públicas. El Ministerio de Economía y Hacienda dictará las disposiciones necesarias para la ejecución del presente Real Decreto. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1004/1985 autoriza a un organismo público a emitir obligaciones garantizadas por el Estado, con características específicas y condiciones de vencimiento y garantía. La norma se fundamenta en la autorización legal previa y establece el marco jurídico para su emisión y ejecución. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de emisión**: El Instituto Nacional de Industria puede emitir 40.000.000.000 de pesetas en obligaciones garantizadas por el Estado. ⚠️ **Garantía estatal**: El Estado garantiza el interés y la amortización de las obligaciones, con documentación del Ministerio de Economía y Hacienda. 📋 **Características de las obligaciones**: Vencimiento el 30 de enero y 30 de julio, con cálculo de cupones según el interés devengado. ℹ️ **Uso de las obligaciones**: Aceptadas como depósito de fianza y para la cobertura de coeficientes de inversión obligatoria. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1004/1985 - **Tipo**: Norma de autorización - **Fecha**: 19 de junio de 1985 - **Materias**: Emisión de deuda pública, garantías estatales, instituciones públicas - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Instituto Nacional de Industria, obligaciones, garantía estatal, emisión deuda pública, Real Decreto 1985. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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