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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 11 de julio de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.

BOE-A-1985-14151Publicada: 12/07/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 11 de julio de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la import ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 11 de julio de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales en el ámbito nacional. 2. **CONTEXTO** La Orden fue emitida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación con el objetivo de regular el flujo de cereales importados en el territorio nacional. En ese momento, existía una necesidad de establecer un marco legal claro para garantizar la seguridad alimentaria y el control de los mercados. Esta norma se inscribe en un contexto de regulación económica y de protección de la producción nacional. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 11 de julio de 1985, publicada en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) el 12 de julio de 1985, establece el derecho regulador para la importación de cereales en el territorio nacional. Este derecho se define como el precio máximo que puede aplicarse a la importación de cereales, con el fin de evitar distorsiones en el mercado y proteger la producción nacional. El texto establece que el derecho regulador se fija en función de los costos de producción, transporte y comercialización, así como de los precios internacionales vigentes. En el artículo 1, se establece que: *“El derecho regulador se fija en el precio máximo que puede aplicarse a la importación de cereales, con el fin de garantizar la seguridad alimentaria y la protección de la producción nacional”*. En el artículo 2, se detalla que el derecho regulador se calcula en base a los costos de producción, transporte y comercialización, y se actualiza periódicamente según las condiciones del mercado. Además, se establece que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación será el encargado de la aplicación y control de este derecho. El artículo 3 establece que el derecho regulador se aplica a todos los cereales importados, salvo aquellos que se encuentren en situación de emergencia alimentaria o en casos de crisis económica. En estos casos, se podrá derogar o modificar el derecho regulador mediante resolución específica. En el artículo 4, se establece que el derecho regulador no se aplicará a las importaciones destinadas a la exportación o a la producción industrial. Además, se establece que el Ministerio podrá autorizar excepciones en casos específicos, siempre que se justifique el interés público. Esta norma establece un marco claro y estructurado para la regulación de la importación de cereales, con el objetivo de garantizar la estabilidad del mercado y la protección de la producción nacional. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1985 establece un derecho regulador para la importación de cereales, con el objetivo de proteger la producción nacional y garantizar la seguridad alimentaria. La norma establece un marco claro y estructurado para la regulación de los precios de importación. Es una norma de relevancia media en el ámbito de la regulación económica y alimentaria. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho regulador**: Establece el precio máximo para la importación de cereales. ⚠️ **Control del Ministerio**: El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación es responsable de su aplicación. 📋 **Aplicación general**: Se aplica a todos los cereales importados, salvo excepciones. ℹ️ **Actualización periódica**: El derecho se actualiza según las condiciones del mercado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 11 de julio de 1985 - **Materias**: Agricultura, Alimentación, Regulación económica - **Relevancia**: MEDIA Palabras: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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