Orden de 9 de julio de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 9 de julio de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importa ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 9 de julio de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales, fijando las condiciones y mecanismos de control aplicables en el ámbito nacional. 2. **CONTEXTO** Durante los años ochenta, España experimentó un aumento en la demanda de cereales debido al crecimiento de la población y la expansión de la agricultura. Para garantizar el abastecimiento y la estabilidad del mercado, el gobierno decidió regular la importación de estos productos. El Orden Ministerial de 1985 fue emitido con el objetivo de establecer un marco legal claro y operativo para el control de la importación de cereales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 9 de julio de 1985, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 182, de 11 de julio de 1985, regula el derecho regulador para la importación de cereales. Este instrumento legal establece que la importación de cereales está sujeta a la autorización previa del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en cumplimiento de las normas vigentes en materia de comercio exterior y protección de la producción nacional. El derecho regulador se define como el mecanismo mediante el cual el Estado establece condiciones específicas para la importación de productos, con el fin de garantizar el equilibrio entre la producción interna y la demanda del mercado. En el caso de los cereales, el derecho regulador se aplica para evitar la entrada masiva de productos que puedan afectar negativamente a la producción nacional o alterar el precio del mercado. El Orden establece que la importación de cereales se realizará mediante licencias otorgadas por el Ministerio competente, siempre que se cumplan los requisitos técnicos, sanitarios y fitosanitarios establecidos. Además, se establecen límites de importación anuales, que se ajustan según la producción nacional y las necesidades del mercado. El texto también establece que los importadores deben cumplir con las normas de etiquetado, transporte y almacenamiento, así como con las condiciones de calidad exigidas por la legislación vigente. En cuanto a los precios, el Ministerio puede establecer un precio de referencia para la importación, con el fin de evitar distorsiones en el mercado. El régimen de importación se complementa con la aplicación de aranceles y cuotas, que se ajustan según el tipo de cereal y su origen. Además, se establecen mecanismos de control y supervisión para garantizar el cumplimiento de las normas establecidas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial de 1985 establece un marco legal para la importación de cereales, con el objetivo de regular el mercado y proteger la producción nacional. Establece requisitos técnicos, sanitarios y de control, así como mecanismos de autorización y supervisión. Es un instrumento clave en la regulación del comercio exterior de cereales en España. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación de importación**: Establece el derecho regulador para la importación de cereales, con el objetivo de controlar el mercado y proteger la producción nacional. ⚠️ **Autorización obligatoria**: La importación requiere la autorización previa del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. 📋 **Condiciones técnicas y sanitarias**: Se establecen requisitos específicos para el transporte, almacenamiento y calidad de los cereales importados. ℹ️ **Límites de importación**: Se fijan cuotas anuales que se ajustan según la producción nacional y las necesidades del mercado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) número 182, de 11 de julio de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 9 de julio de 1985 - **Materias**: Comercio exterior, agricultura, protección de la producción nacional, regulación de mercados - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: importación, cereales, derecho regulador, Ministerio de Agricultura, control de mercados ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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