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Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 3 de julio de 1985, de la Subsecretaría, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de junio de 1985 por el que se fijan los complementos específicos correspondientes a los puestos de trabajo del Ministerio de la Presidencia.

BOE-A-1985-13086Publicada: 05/07/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 3 de julio de 1985, de la Subsecretaría, por la que se ordena la p ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 3 de julio de 1985 establece la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de junio de 1985, que fija los complementos específicos para los puestos de trabajo del Ministerio de la Presidencia. 2. **CONTEXTO** La norma se emitió en el marco de la regulación de la retribución en el sector público. El Acuerdo se adoptó como respuesta a la necesidad de establecer una base uniforme para los complementos específicos en el Ministerio de la Presidencia. La norma se publica como anexo de la Resolución de la Subsecretaría. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 3 de julio de 1985, emitida por la Subsecretaría, ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de junio de 1985, que establece los complementos específicos correspondientes a los puestos de trabajo del Ministerio de la Presidencia. El Acuerdo se publica como anexo de la Resolución, lo que permite su acceso y aplicación formal. El Acuerdo establece que los puestos de trabajo dependientes del Ministerio de la Presidencia, excluyendo los de organismos autónomos y los desempeñados por funcionarios en el extranjero, están detallados en un catálogo anexo. En este catálogo se especifica el nivel de complemento de destino y la cuantía del complemento específico que corresponde a ciertos puestos, con el fin de garantizar que la retribución total de cada puesto esté en relación adecuada con la dificultad, dedicación, responsabilidad, peligrosidad o penosidad del trabajo. Además, el Acuerdo establece que las posteriores modificaciones de los niveles de complemento de destino y del número de dotaciones se realizarán conforme a la normativa vigente. Esto permite una flexibilidad en la adaptación de los complementos a futuras necesidades o cambios normativos. En cuanto al régimen retributivo, el Acuerdo establece que el régimen previsto en los artículos 11 y siguientes de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1985, se aplicará con efectos económicos a partir del 1 de julio de 1985, a los titulares de los puestos de trabajo comprendidos en los catálogos aprobados hasta la fecha, de acuerdo con las normas que regulan dicho régimen. Esta norma se basa en el artículo 11.4 de la Ley 50/1984, que establece la base para la fijación de complementos específicos en el sector público. La norma busca garantizar una distribución equitativa de la retribución, en función de las características de cada puesto de trabajo, lo que refleja una política de justicia retributiva en el ámbito público. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece los complementos específicos para los puestos de trabajo del Ministerio de la Presidencia, basándose en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1985. Se publica como anexo de la Resolución de la Subsecretaría, con efectos económicos a partir del 1 de julio de 1985. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros**: Se publica como anexo de la Resolución de la Subsecretaría. ⚠️ **Aplicación del régimen retributivo**: Se aplica a partir del 1 de julio de 1985. 📋 **Catálogo de puestos de trabajo**: Se detalla en un catálogo anexo el nivel de complemento y su cuantía. ℹ️ **Relación con la Ley 50/1984**: Se basa en el artículo 11.4 de dicha ley. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 3 de julio de 1985, de la Subsecretaría - **Tipo**: Resolución ministerial - **Fecha**: 3 de julio de 1985 - **Materias**: Retribución pública, complementos específicos, Ministerio de la Presidencia - **Relevancia**: ALTA Palabras: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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