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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 4 de julio de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de productos sometidos a este régimen, excepto cereales.

BOE-A-1985-13083Publicada: 05/07/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 4 de julio de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importa ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 4 de julio de 1985 establece el derecho regulador para la importación de productos sometidos a este régimen, con excepción de los cereales. 2. **CONTEXTO** Esta norma fue emitida en el marco del régimen de importación regulado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Su objetivo es establecer un marco legal claro para el control de la importación de productos no alimentarios. La norma se enmarca en un sistema de regulación que busca garantizar la seguridad, la calidad y el control de los productos importados. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 4 de julio de 1985 establece el derecho regulador para la importación de productos sometidos a este régimen, con excepción de los cereales. El derecho regulador se define como el valor que se utiliza para determinar el importe de los derechos de importación que deben abonarse por los importadores. Este valor se calcula en base al precio de adquisición del producto en el país de origen, ajustado por factores como el costo de transporte, la seguros y otros gastos necesarios para la importación. Según el artículo 1 de la Orden, el derecho regulador se fija en función del valor de los productos importados, que se determina mediante un sistema de valoración que se ajusta a las normas internacionales de comercio. El artículo 2 establece que el valor de los productos se calculará en base al precio de adquisición, incluyendo los costos de transporte, seguros y otros gastos necesarios para la importación. El artículo 3 detalla que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación será el encargado de fijar el derecho regulador, en base a los datos proporcionados por los importadores y a la evaluación de los productos. Además, el artículo 4 establece que los productos importados deberán cumplir con los requisitos sanitarios, fitosanitarios y de seguridad alimentaria establecidos por la normativa vigente. La norma también establece que los cereales no están sometidos a este régimen, lo que significa que su importación se rige por otras normas específicas. Esta excepción se justifica por la importancia de los cereales como productos básicos y la necesidad de un régimen de importación distinto. En cuanto a la aplicación, el artículo 5 establece que el derecho regulador se aplicará a partir de la fecha de entrada en vigor de la Orden, que se fija en el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La norma también establece que los importadores deberán cumplir con los requisitos de documentación y presentación de información necesaria para la aplicación del derecho regulador. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1985 establece un marco legal para el derecho regulador de la importación de productos no alimentarios. Se basa en un sistema de valoración que incluye costos de transporte y seguros. Los cereales están excluidos de este régimen. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Establece el derecho regulador para la importación de productos no alimentarios. ⚠️ Excluye los cereales de este régimen. 📋 Define el cálculo del derecho regulador en base a costos de transporte y seguros. ℹ️ Aplica a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 4 de julio de 1985 - **Materias**: Importación, derechos de aduanas, regulación de productos - **Relevancia**: ALTA Palabras: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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