Ley 22/1985, de 24 de julio, sobre concesión de un crédito extraordinario, por importe de 580.464.087 pesetas, para atender a la financiación de las obligaciones derivadas del pago de la indemnización de daños y perjuicios a la empresa periodística «Madrid-Diario de la Noche, Sociedad Anónima», en cumplimiento de los autos de 8 y 28 de junio de 1983, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Ley 22/1985, de 24 de julio, sobre concesión de un crédito extraordinario, por i ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 22/1985 concede un crédito extraordinario de 580.464.087 pesetas para cubrir la indemnización de daños y perjuicios a la empresa periodística "Madrid-Diario de la Noche, Sociedad Anónima", en cumplimiento de sentencias del Tribunal Supremo de 1983. **2. CONTEXTO** La empresa periodística "Madrid-Diario de la Noche" fue cancelada en 1976 por un acuerdo del Consejo de Ministros, lo que generó daños y perjuicios. El Tribunal Supremo, en sentencia de 1976, condenó a la Administración al pago de dicha indemnización. Posteriormente, en autos de 1983, fijó la cantidad a pagar y el interés legal. La Administración recurrió, pero el Tribunal mantuvo la decisión. Se inició un expediente para concesión de un crédito extraordinario, respaldado por la Dirección General de Presupuestos y el Consejo de Estado. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 22/1985, aprobada por el Rey Juan Carlos I y sancionada el 24 de julio de 1985, concede un crédito extraordinario de 580.464.087 pesetas para atender la indemnización de daños y perjuicios a la empresa periodística "Madrid-Diario de la Noche, Sociedad Anónima". El crédito se destina al cumplimiento de los autos firmes de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 y 28 de junio de 1983, que determinaron la cantidad a pagar y el interés legal. El artículo primero establece que el crédito extraordinario se aplicará al Presupuesto en vigor de la Sección 22, "Ministerio de la Presidencia", Servicio 02, "Secretaría General de la Presidencia", Programa 462 A, "Apoyo a la Comunicación Social", capítulo 4º, "Transferencias corrientes", artículo 47, "A Empresas privadas", concepto 473, "A la Empresa Periodística 'Madrid-Diario de la Noche, Sociedad Anónima'". El artículo segundo indica que la financiación del crédito extraordinario se realizará mediante anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público, que no devengarán interés. La concesión del crédito se basa en la necesidad de cumplir con las decisiones judiciales firmes, que determinaron la cantidad a pagar y el interés legal. La sentencia de 1976 ya había condenado a la Administración al pago de daños y perjuicios, y los autos de 1983 fijaron la cantidad exacta a abonar, que incluye el interés legal del 8 por 100, incrementado en dos puntos anuales desde la firmeza de la resolución. El recurso interpuesto por la Administración fue desestimado, lo que confirmó la obligación de pagar la indemnización. Por ello, se inició el expediente de concesión de un crédito extraordinario, respaldado por la Dirección General de Presupuestos y el Consejo de Estado, que emitieron dictámenes favorables. El importe total del crédito extraordinario asciende a 580.464.087 pesetas, que se destina específicamente a cubrir la indemnización de la empresa periodística, en cumplimiento de las decisiones judiciales. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 22/1985 concede un crédito extraordinario para cumplir con una indemnización judicial. Se basa en sentencias del Tribunal Supremo y se respalda con informes oficiales. El crédito se destina específicamente a la empresa periodística afectada. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Concesión de crédito extraordinario**: Se otorga un crédito de 580.464.087 pesetas para cumplir con una indemnización judicial. ⚠️ **Respeto a sentencias judiciales**: La concesión se basa en decisiones firmes del Tribunal Supremo. 📋 **Destino específico**: El crédito se aplica a la empresa periodística "Madrid-Diario de la Noche, Sociedad Anónima". ℹ️ **Procedimiento formal**: Se respalda con informes de la Dirección General de Presupuestos y el Consejo de Estado. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 22/1985 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 24 de julio de 1985 - **Materias**: Derecho administrativo, derecho financiero, derecho de la empresa - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────