Real Decreto 1243/1985, de 30 de abril, por el que se prorroga y modifica la Resolución-tipo para la construcción, en régimen de fabricación mixta, de tanques frigoríficos de acero inoxidable, para la industria láctea, con evaporador incorporado, incluso con grupo motocompresor condensador, hasta 12.000 litros de capacidad (P. A. 84.15.C.II).
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1243/1985, de 30 de abril, por el que se prorroga y modifica la Res ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1243/1985 prorroga y modifica la Resolución-tipo para la construcción de tanques frigoríficos de acero inoxidable para la industria láctea, con evaporador incorporado, hasta 12.000 litros de capacidad, extendiendo su vigencia hasta 31 de diciembre de 1985 y ajustando los límites de potencia de los tanques. **2. CONTEXTO** La Resolución-tipo fue aprobada en 1975 y prorrogada en múltiples ocasiones debido a la necesidad de mantener su aplicación en la industria láctea. En 1982 se amplió su capacidad máxima a 12.000 litros, y en 1984 se extendió su vigencia. El Real Decreto 1243/1985 busca adaptarla a nuevas circunstancias, incluyendo la nacionalización de tanques de mayor capacidad. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1243/1985 se basa en la necesidad de mantener la vigencia de la Resolución-tipo para garantizar la producción de tanques frigoríficos en régimen de fabricación mixta, ajustando su definición y límites técnicos. Según el texto: - **Artículo 1**: Prorroga la vigencia de la Resolución-tipo hasta 31 de diciembre de 1985, a partir de la caducidad de la anterior resolución (Real Decreto 1951/1975). - **Artículo 2**: Modifica la definición de los tanques, estableciendo que su capacidad no excederá de 2.000 litros, en lugar de los 1.500 litros previos. Esta modificación se justifica por la nacionalización de tanques de mayor capacidad. - **Artículo 3**: Ajusta los límites de potencia en los artículos 1, 4 y 8 de la Resolución-tipo, redefiniendo los parámetros técnicos para garantizar la seguridad y eficiencia en la fabricación. - **Artículo 4**: Establece que el Real Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. La modificación de los límites de capacidad (de 1.500 a 2.000 litros) y la prorrogación de la vigencia reflejan una adaptación a los cambios en la industria láctea y la regulación de bienes de equipo. La Resolución-tipo se aplica a tanques con evaporador incorporado y grupo motocompresor condensador, excluyendo otros tipos de equipos. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1243/1985 mantiene la vigencia de la Resolución-tipo para tanques frigoríficos en la industria láctea, ajustando sus parámetros técnicos. La modificación busca equilibrar la regulación con las nuevas condiciones del sector. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Prórroga de vigencia**: Hasta 31 de diciembre de 1985. ⚠️ **Modificación de capacidad**: Límite de 2.000 litros en lugar de 1.500. 📋 **Ajuste técnico**: Revisión de los límites de potencia en artículos específicos. ℹ️ **Contexto histórico**: Extensión previa de la Resolución-tipo desde 1975. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: *Boletín Oficial del Estado* (30 de abril de 1985). - **Tipo**: Real Decreto. - **Fecha**: 30 de abril de 1985. - **Materias**: Industria láctea, fabricación mixta, normativa de equipos. - **Relevancia**: ALTA (regula un sector específico con impacto en la producción y seguridad). **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────