Resolución de 19 de julio de 1985, de la Dirección General de Transacciones Exteriores, sobre documentación a presentar para solicitar la verificación de las inversiones liberalizadas por el Real Decreto 1042/1985, de 29 de mayo.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 19 de julio de 1985, de la Dirección General de Transacciones Exte ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 19 de julio de 1985 establece el modelo de documentación (impreso TE 13-L) que deben presentar los inversionistas extranjeros para solicitar la verificación de sus inversiones liberalizadas por el Real Decreto 1042/1985. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 1042/1985, de 29 de mayo, liberalizó ciertas inversiones extranjeras en España, pero no estableció un marco claro para su verificación. Para garantizar el cumplimiento de las normas, el Ministerio de Economía y Hacienda delegó a la Dirección General de Transacciones Exteriores la tarea de precisar los requisitos documentales. Esta Resolución complementa el marco regulatorio, facilitando la formalización de inversiones extranjeras bajo condiciones específicas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 19 de julio de 1985, publicada en el *Boletín Oficial del Estado*, establece normas detalladas para la verificación de inversiones extranjeras liberalizadas. En su artículo 1, se establece que las solicitudes de verificación deben presentarse mediante el impreso TE 13-L, que se detalla en el anexo. Este formulario debe cumplimentarse según las instrucciones adjuntas, que incluyen la descripción de la inversión, su titularidad, ubicación, y otros datos específicos. En el artículo 2, se permite a la Dirección General solicitar información complementaria, ya sea de las memorias adjuntas a solicitudes de inversiones no liberalizadas o sobre aspectos no contemplados en ellas. Esto garantiza una evaluación completa de la inversión. El artículo 3 establece que la Resolución entra en vigor el día de su publicación, lo que asegura una aplicación inmediata. Las instrucciones para el cumplimento del impreso TE 13-L incluyen: - Presentar un solo formulario por proyecto, incluso si hay múltiples titulares. - Detallar la superficie, título de adquisición, ubicación del inmueble, y otros datos específicos. - Para cuentas en participación, indicar el residente en España, el negocio y porcentajes de participación. - Describir el objeto de otras inversiones, incluyendo importe en pesetas y formas de inversión previas. - Especificar la actividad principal en España, la comunidad autónoma donde se materializa la inversión, el objeto social, y los titulares con sus porcentajes y países de residencia. La verificación se realiza en el casillero 13, donde la Dirección General realiza la diligencia correspondiente. Esta norma refleja una regulación técnica y operativa para garantizar la transparencia y el cumplimiento de los requisitos legales en el ámbito de las inversiones extranjeras. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece un procedimiento formal para la verificación de inversiones extranjeras liberalizadas. Define un formulario detallado y permite la solicitud de información complementaria. Su entrada en vigor asegura una aplicación inmediata del marco regulatorio. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modelo TE 13-L**: Formulario obligatorio para solicitar la verificación de inversiones. ⚠️ **Requisitos específicos**: Detalles sobre ubicación, titularidad, actividad y otros datos técnicos. 📋 **Procedimiento formal**: Incluye instrucciones claras para cumplimentar el formulario. ℹ️ **Flexibilidad**: Permite solicitar información adicional para evaluar la inversión. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España (Real Decreto). - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (19 de julio de 1985). - **Tipo**: Resolución ministerial. - **Fecha**: 19 de julio de 1985. - **Materias**: Inversiones extranjeras, verificación, documentación, transacciones exteriores. - **Relevancia**: ALTA (regula un procedimiento clave para inversiones extranjeras en el contexto de la liberalización). **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. 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