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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 22 de agosto de 1985 sobre fijación del derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen.

BOE-A-1985-18032Publicada: 23/08/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 22 de agosto de 1985 sobre fijación del derecho compensatorio variable ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 22 de agosto de 1985 establece el régimen de derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen, fijando las bases para su cálculo y aplicación. 2. **CONTEXTO** La norma surge en el marco de un sistema aduanero que busca regular la compensación económica por la importación de bienes, con el objetivo de equilibrar el costo de adquisición y garantizar la aplicación uniforme del régimen. Se emite en un contexto de regulación de importaciones bajo un marco legal nacional. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 22 de agosto de 1985 regula el derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen. En su **Artículo 1**, se define que el derecho compensatorio se calcula en función del valor de los bienes importados, aplicando un porcentaje variable según el tipo de producto y su clasificación aduanera. El **Artículo 2** establece que el cálculo se realizará mediante la fórmula: *Valor de los bienes importados × porcentaje de compensación*, donde el porcentaje se determina en base a la normativa vigente. El **Artículo 3** detalla que el derecho compensatorio se aplicará a productos sometidos a régimen especial, como aquellos importados bajo acuerdos de libre comercio o con beneficios aduaneros. Además, el **Artículo 4** indica que el cálculo se realizará en moneda nacional, y que el importador debe presentar la documentación correspondiente para su verificación. En el **Artículo 5**, se establece que el derecho compensatorio se abonará en el momento de la formalización de la importación, salvo en casos específicos previstos en el régimen. El **Artículo 6** señala que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Locales podrá modificar los porcentajes de compensación en función de la evolución económica y la política fiscal. La norma también incluye un **anexo** que detalla los productos específicos sujetos al régimen y los porcentajes aplicables según su clasificación arancelaria. Además, en el **Artículo 7**, se establece que el régimen se aplicará a partir de la fecha de entrada en vigor del orden, que se fija en el mismo día de su publicación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma fija un régimen de compensación variable para importaciones, basado en el valor de los bienes y su clasificación. Establece procedimientos claros para su cálculo y aplicación. Su objetivo es garantizar la equidad en la aplicación del régimen aduanero. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho compensatorio variable**: Se calcula en función del valor de los bienes importados y su clasificación. ⚠️ **Porcentajes ajustables**: El Ministerio puede modificarlos según la política fiscal. 📋 **Documentación obligatoria**: El importador debe presentar la información necesaria para su verificación. ℹ️ **Aplicación específica**: Solo se aplica a productos sometidos a régimen especial. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 22 de agosto de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 22 de agosto de 1985 - **Materias**: Importación, derecho compensatorio, régimen aduanero - **Relevancia**: ALTA (establece un marco regulatorio fundamental para la importación de productos en régimen especial). Palabras totales: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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