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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1570/1985, de 1 de agosto, por el que se da nueva redacción al artículo 70, segundo párrafo, del Reglamento General de Contratación del Estado, aprobado por el Decreto 3410/1975, de 25 de noviembre.

BOE-A-1985-19051Publicada: 06/09/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1570/1985, de 1 de agosto, por el que se da nueva redacción al artí ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1570/1985 modifica el artículo 70 del Reglamento General de Contratación del Estado, eliminando la exigencia de redacción y aprobación del proyecto para obras cuyo presupuesto no supere las 500.000 pesetas, y establece que el presupuesto será el único documento exigible para obras inferiores a 2.500.000 pesetas. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto fue aprobado en 1985 con el objetivo de adaptar el régimen de contratación pública a la evolución de los precios, que habían subido significativamente. La norma se enmarca en el marco del Reglamento General de Contratación del Estado, aprobado en 1975, y busca simplificar los trámites de contratación para obras de pequeña cuantía. La modificación fue aprobada tras deliberación del Consejo de Ministros y previa consulta a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1570/1985, de 1 de agosto de 1985, modifica el artículo 70 del Reglamento General de Contratación del Estado, aprobado por el Decreto 3410/1975, de 25 de noviembre. El texto original del artículo 70 establecía que, para obras cuyo presupuesto no superara las 500.000 pesetas, se exigía la redacción y aprobación del proyecto. Sin embargo, se señalaba que dicha cifra era insuficiente, ya que, dada la subida de precios, era común que se superara dicha cantidad, lo que generaba trámites innecesarios y formalistas para obras de escasa entidad. Esta situación era especialmente problemática para las corporaciones locales, que debido a su escasa población y limitados recursos, carecían de personal técnico adecuado para cumplir con los requisitos formales. Por ello, el Real Decreto introduce una nueva redacción al artículo 70, que establece que, en todo caso, el presupuesto de las obras será el único documento exigible cuando se trate de obras inferiores a 2.500.000 pesetas. Esta cifra puede ser modificada por acuerdo del Consejo de Ministros. La modificación se adopta previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del 31 de julio de 1985, y tras el informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa. El Real Decreto entra en vigor el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado" y será de aplicación a los expedientes de contratación cuya tramitación se inicie a partir de dicha fecha. La norma se basa en el artículo 121 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que establece que el presupuesto de las obras será el único documento exigible cuando se trate de obras inferiores a 2.500.000 pesetas. Esta redacción se alinea con la necesidad de simplificar los trámites de contratación pública, reduciendo la carga burocrática y facilitando la gestión de obras de pequeña cuantía en las administraciones públicas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1570/1985 simplifica los trámites de contratación pública para obras de pequeña cuantía, eliminando la exigencia de redacción y aprobación del proyecto. La modificación busca reducir la burocracia y facilitar la gestión de obras en administraciones locales con recursos limitados. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Simplificación de trámites**: Se elimina la exigencia de redacción y aprobación del proyecto para obras inferiores a 2.500.000 pesetas. ⚠️ **Adaptación a la realidad económica**: La modificación responde a la subida de precios y a la necesidad de adaptar el régimen de contratación a la realidad económica. 📋 **Aplicación a expedientes futuros**: La norma solo se aplica a expedientes cuya tramitación se inicie a partir de la fecha de entrada en vigor. ℹ️ **Modificación por Consejo de Ministros**: La cifra de 2.500.000 pesetas puede ser modificada por acuerdo del Consejo de Ministros. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Administrativa - **Fuente**: Real Decreto 1570/1985 - **Tipo**: Modificación de norma - **Fecha**: 1 de agosto de 1985 - **Materias**: Contratación pública, administración pública, obras públicas - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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