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Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 26 de agosto de 1985, de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 31 de julio de 1985, por el que se fijan los complementos específicos correspondientes a los puestos de trabajo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

BOE-A-1985-18962Publicada: 05/09/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 26 de agosto de 1985, de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 26 de agosto de 1985, de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de julio de 1985, que fija los complementos específicos correspondientes a los puestos de trabajo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. **2. CONTEXTO** El Acuerdo fue aprobado en la reunión del Consejo de Ministros del 31 de julio de 1985, con el objetivo de establecer los complementos específicos para los puestos de trabajo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La Resolución de la Subsecretaría de Economía y Hacienda de 26 de agosto de 1985 se encarga de su publicación oficial. Este documento se enmarca en el marco de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1985, que establece las bases para la fijación de las retribuciones públicas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de julio de 1985 establece los complementos específicos que corresponden a los puestos de trabajo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Se detalla que los puestos de trabajo dependientes del Ministerio, excluidos los de organismos autónomos y los desempeñados por funcionarios en el extranjero, se encuentran en un catálogo anexo al acuerdo, en el que se especifica el nivel de complemento de destino y la cuantía del complemento específico que corresponde a cada puesto. El objetivo es garantizar que la retribución total de cada puesto esté en relación adecuada con la especial dificultad, dedicación, responsabilidad, peligrosidad o penosidad del mismo. Se establece que las posteriores modificaciones de los niveles de complemento de destino y del número de dotaciones se efectuarán de conformidad con la normativa vigente. Además, el régimen retributivo previsto en los artículos 11 y siguientes de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1985, se aplicará con efectos económicos a partir del 1 de septiembre de 1985 a los titulares de los puestos de trabajo comprendidos en el catálogo mencionado. En el punto cuarto, se establece que desde la fecha de inicio de los efectos económicos del nuevo sistema retributivo, y hasta que el mismo tenga efectos, se aplicará el régimen previsto en el punto cuarto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Hacienda de 10 de mayo de 1985, que fija las retribuciones del personal militar en situación de "en servicios civiles", regulada por la Ley de 17 de julio de 1958. En ambos casos, la cuantía que tenga el carácter de complemento personal y transitorio será la que corresponda a dicho personal en la fecha en que tenga efectividad económica la aplicación del nuevo régimen retributivo. En el punto quinto, se establece que los importes retributivos que deberán hacerse constar en el apartado B del anexo de la Orden de 5 de junio de 1985, a efectos de la liquidación del complemento personal y transitorio, serán los resultantes de dividir entre 1,065 las cuantías devengadas, para los diferentes conceptos de dicho apartado, excepto trienios y complementos personales y transitorios, en el día anterior al que tenga efectividad económica la aplicación del nuevo régimen retributivo, que será fijada en los acuerdos de Consejo de Ministros aprobatorios de los catálogos de puestos de trabajo de cada departamento u organismo autónomo, sin que ello suponga variación del límite máximo a computar como incentivo establecido en el artículo 13.2 de la vigente Ley de Presupuestos Generales del Estado. En el punto sexto, se establece que lo dispuesto en los puntos tercero, cuarto y quinto del presente acuerdo será de general aplicación a todos los departamentos y organismos autónomos, cualquiera que sea la fecha de aprobación de sus respectivos catálogos de puestos de trabajo. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 1985 establece los complementos específicos para los puestos de trabajo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en cumplimiento de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1985. Se detalla el régimen retributivo aplicable a partir del 1 de septiembre de 1985, con efectos económicos, y se establecen normas sobre la liquidación del complemento personal y transitorio. El acuerdo se aplica a todos los departamentos y organismos autónomos. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de complementos específicos**: Se establecen los complementos específicos para los puestos de trabajo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en función de la dificultad, dedicación, responsabilidad, peligrosidad o penosidad del puesto. ⚠️ **Aplicación del régimen retributivo**: El régimen retributivo previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1985 se aplica con efectos económicos a partir del 1 de septiembre de 1985. 📋 **Liquidación del complemento personal y transitorio**: Se detallan las normas para la liquidación del complemento personal y transitorio, incluyendo la división entre 1,065 de las cuantías devengadas. ℹ️ **Aplicación general**: El acuerdo se aplica a todos los departamentos y organismos autónomos, cualquiera que sea la fecha de aprobación de sus catálogos de puestos de trabajo. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 26 de agosto de 1985, de la Subsecretaría de Economía y Hacienda - **Tipo**: Resolución ministerial - **Fecha**: 26 de agosto de 1985 - **Materias**: Retribuciones públicas, complementos específicos, puestos de trabajo, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: complementos específicos, puestos de trabajo, retribuciones, Ministerio de Agricultura, Ley de Presupuestos Generales del Estado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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