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Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 26 de agosto de 1985, de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 31 de julio de 1985, por el que se fijan los complementos específicos correspondientes a los puestos de trabajo del Organismo Autónomo «Museo Nacional del Prado».

BOE-A-1985-18961Publicada: 05/09/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 26 de agosto de 1985, de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 26 de agosto de 1985, de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de julio de 1985, que fija los complementos específicos correspondientes a los puestos de trabajo del Museo Nacional del Prado. **2. CONTEXTO** El Acuerdo fue aprobado por el Consejo de Ministros en sesión del 31 de julio de 1985, con el objetivo de establecer los complementos específicos para los puestos de trabajo del Museo Nacional del Prado. La Resolución de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, publicada el 26 de agosto de 1985, ordena su publicación como anexo. El texto incluye un catálogo de puestos de trabajo con niveles de complemento de destino y cuantías específicas, y establece el régimen retributivo aplicable a partir del 1 de septiembre de 1985. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de julio de 1985, publicado como anexo a la Resolución de 26 de agosto de 1985, establece los complementos específicos correspondientes a los puestos de trabajo del Museo Nacional del Prado. Este acuerdo se fundamenta en el artículo 11 de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1985, que establece el régimen retributivo para los empleados públicos. El Acuerdo establece que los puestos de trabajo dependientes del Museo Nacional del Prado son los relacionados en el catálogo anexo, que detalla el nivel de complemento de destino y la cuantía del complemento específico que corresponde a determinados puestos, con el fin de asegurar que la retribución total de cada puesto tenga una relación adecuada con el contenido de especial dificultad, dedicación, responsabilidad, peligrosidad o penosidad del mismo. Asimismo, se establece que las posteriores modificaciones de los niveles de complemento de destino y del número de dotaciones se efectuarán de conformidad con la normativa vigente. El régimen retributivo previsto en los artículos 11 y siguientes de la Ley 50/1984 se aplicará con efectos económicos a partir del 1 de septiembre de 1985 a los títulos de los puestos de trabajo comprendidos en el catálogo. Desde la fecha de inicio de los efectos económicos del nuevo sistema retributivo, y hasta que tenga reflejo en la nómina, el personal afectado percibirá, en concepto de a cuenta, lo devengado por el nuevo sistema retributivo, según la Ley de 17 de julio de 1958. En ambos casos, la cuantía que tenga el carácter de complemento personal y transitorio será la que corresponda a dicho personal en la fecha en que tenga efectividad económica la aplicación del nuevo régimen retributivo, previsto en los artículos 11 y siguientes de la vigente Ley de Presupuestos Generales del Estado. Los importes retributivos que deberán hacerse constar en el apartado B) del anexo de la orden de 5 de junio de 1985, a efectos de la liquidación del complemento personal y transitorio, serán los resultantes de dividir entre 1,065 las cuantías devengadas, para los diferentes conceptos de dicho apartado, excepto trienios complementos personales y transitorios, en el día anterior al que tenga efectividad económica la aplicación del nuevo régimen retributivo, que será fijada en los acuerdos de Consejo de Ministros aprobatorios de los catálogos de puestos de trabajo de cada departamento u organismo autónomo, sin que ello suponga variación del límite máximo a computar como incentivo establecido en el artículo 13.2 de la vigente Ley de Presupuestos Generales del Estado. El importe de los trienios y de los complementos personales y transitorios a consignar en dicho apartado será el reconocido en 31 de diciembre de 1984, salvo en los casos de los complementos personales a que se refiere el punto cuarto del presente acuerdo, en los que la cantidad a consignar será la que se indica en el último párrafo del mismo. Lo dispuesto en los puntos tercero, cuarto y quinto del presente acuerdo será de general aplicación a todos los departamentos y organismos autónomos, cualquiera que sea la fecha de aprobación de sus respectivos catálogos de puestos de trabajo. El catálogo de puestos de trabajo del Museo Nacional del Prado incluye la expresión del número de dotaciones, el nivel de complemento de destino y la cuantía anual en miles de pesetas del complemento específico. (Catálogo omitido). **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 1985 establece el régimen retributivo para el Museo Nacional del Prado, fijando complementos específicos y aplicando el sistema retributivo vigente. El texto incluye un catálogo de puestos de trabajo y establece normas sobre la aplicación del nuevo sistema retributivo. La norma tiene relevancia media en el ámbito de la administración pública y la gestión de personal. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de complementos específicos**: Se establecen complementos específicos para los puestos de trabajo del Museo Nacional del Prado, con niveles de complemento de destino y cuantías anuales. ⚠️ **Aplicación del régimen retributivo vigente**: El régimen retributivo previsto en la Ley 50/1984 se aplica con efectos económicos a partir del 1 de septiembre de 1985. 📋 **Catálogo de puestos de trabajo**: Se incluye un catálogo detallado de puestos de trabajo, con información sobre dotaciones, niveles de complemento y cuantías específicas. ℹ️ **Reglas de aplicación transitoria**: Se establecen reglas sobre la aplicación transitoria del nuevo sistema retributivo, incluyendo la percepción de a cuenta y la liquidación de complementos personales y transitorios. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 26 de agosto de 1985, de la Subsecretaría de Economía y Hacienda - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 26 de agosto de 1985 - **Materias**: Administración pública, retribución, personal, Museo Nacional del Prado - **Relevancia**: MEDIA **Palabras clave**: complementos específicos, Museo Nacional del Prado, retribución, sistema retributivo, catálogo de puestos de trabajo, Ley 50/1984. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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